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Armonización con la UE |
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No hay regímenes especiales previstos en el Código Fiscal. La única excepción son las empresas dedicadas al negocio del entretenimiento (clubes nocturnos, bares, discotecas, casinos, etc.). En caso de que la cuota del impuesto de aquellas empresas represente menos del 5% del volumen total de facturación, estas empresas deben pagar el 5% sobre el volumen de facturación. El beneficio gravable resulta de la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos incurridos para la obtención de aquellos, tomando como base el resultado contable al que se realizan ciertos ajustes. Resulta igualmente deducible la depreciación de los activos, dentro de los límites fijados por la ley. Las ganancias del capital se consideran ingresos ordinarios. Están exentos de gravamen los siguientes tipos de renta obtenidos por una empresa residente en Rumanía:
En cuanto al tipo de gravamen, actualmente el tipo general es del 16% (anteriormente era del 25% y 38%). Este tipo también es aplicable a los establecimientos permanentes de las empresas extranjeras (ya no se les impone el impuesto adicional del 6,2%). La distribución de dividendos a otras sociedades residentes está sujeta a una retención final del 10%, con excepción de participaciones cualificadas (un porcentaje mínimo del 15% -10% a partir de 2009 debe haber sido mantenido ininterrumpidamente durante un período de como mínimo 2 años), en cuyo caso no se aplica ninguna retención. Las transacciones entre sociedades vinculadas deben hacerse según el valor de mercado. En el caso de que el precio acordado entre dos sociedades vinculadas difiera de dicho valor sin razón aparente, estas pueden revisar la operación desde el punto de vista fiscal, y ajustar su valoración a la de mercado. Para determinar qué debe entenderse por valor de mercado, las autoridades siguen las reglas establecidas al efecto por la OCDE. La ley prevé igualmente una norma de subcapitalización y establece como ratio máximo permitido entre el endeudamiento y el capital fiscal de una sociedad el 3:1. En caso de que el endeudamiento de una sociedad rumana supere este ratio, los intereses correspondientes no se consideran gastos deducibles. No se computan los préstamos bancarios.
En general, se consideran ingresos obtenidos en Rumanía los beneficios obtenidos a través de un establecimiento permanente, honorarios por asesoramiento, servicios legales y profesionales prestados dentro de su territorio así como los intereses, dividendos, royalties y las ganancias de capital obtenidas en la venta de inmuebles situados en Rumanía y en la venta de participaciones en sociedades residentes en el país. Las demás ganancias de capital no tributan. El concepto de establecimiento permanente en la legislación rumana coincide, en líneas generales, con el fijado por la OCDE. Así, la existencia en territorio rumano de sucursales, fábricas, minas, lugares de extracción de recursos naturales, u obras de construcción, instalación o montaje por un período superior a 6 meses implican que la sociedad dispone de un establecimiento permanente. A los beneficios del establecimiento permanente reenviados a la casa central no se les aplica retención en Rumanía. Los dividendos distribuidos a personas o entidades no residentes están sujetos a una retención en la fuente del 16%, salvo que un convenio de doble imposición disponga otro porcentaje. Desde la entrada en la UE, y de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva Matriz-Filial, está exenta de retención la distribución de dividendos a las sociedades residentes en un país miembro de la UE que cumplen los requisitos anteriormente mencionados. Los intereses y royalties distribuidos a no residentes están sujetos igualmente a una retención del 16%. Rumanía tiene permiso de la UE para aplicar hasta el 31 de diciembre de 2010 una retención en la fuente del 10% a los intereses y royalties pagados a sociedades vinculadas residentes en la UE. Después de esta fecha, no se deberá aplicar ningún tipo de retención. A los demás tipos de renta se les aplica una retención del 16% (en general) o del 20% (juegos y apuestas). Rumanía ha suscrito convenios de doble imposición con un gran número de países, entre los que se encuentra España. En virtud del convenio con España, los porcentajes de retención que se aplican a las rentas pagadas por sociedades residentes en Rumanía a personas o entidades residentes en España son los siguientes:
Existen exenciones aplicables a una gran parte de las prestaciones de servicios y a los productos de primera necesidad. Así, están exentas las exportaciones de productos, los servicios de transporte internacional, los servicios financieros, los servicios de salud y asistencia social, los relacionados con la educación deportiva y cultural, inclusive la entrega de inmuebles usados. NATALIE J. HALLA-VILLA JIMÉNEZ
Información elaborada por David Mülchi & Asociados |
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