N.37
Diciembre 2000
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Inversiones. El MIGA  

 

DIRECCIONES ÚTILES

Mª Carmen Nonay Vela
Special Representative for Europe-MIGA
Marktgasse 59
3011 Berna-Suiza
Tel.: 00 41 31 312 08 70
Fax: 00 41 31 312 08 71
E-mail: cnonay@worldbank.org

 

 INVERSIONES.
 Abriendo puertas en los países en desarrollo
 


El Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (conocido como MIGA por sus siglas en inglés) es el miembro más reciente del Grupo del Banco Mundial y fue constituido en 1988 con la función de fomentar la inversión extranjera directa en los países en desarrollo. Para ello utiliza como instrumentos:

  • la asistencia técnica a los gobiernos para que puedan incrementar su capacidad de atraer la inversión extranjera directa, y
  • la concesión de garantías de inversión, que no son ni más ni menos que seguros contra el riesgo político en los países.

En el último año fiscal (2000), el MIGA ha otorgado 53 garantías por un total de 1.605 millones de dólares con nuevos proyectos en 26 países en desarrollo
  La región latinoamericana se ha llevado el 51,4% de la cartera del MIGA. Seis proyectos fueron garantizados para países de África y doce fueron a los llamados países elegibles para el préstamo de la Asociación de Desarrollo Internacional (IDA), tales como Albania, Armenia, Azerbaiyán, Bosnia y Kenia, entre otros.
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>> ¿Qué cubren los seguros del MIGA?
Los seguros del MIGA cubren los siguientes tipos de riesgos políticos:

  • Restricción de la transferencia de moneda. Protege contra las pérdidas que se producen cuando el inversor no puede convertir sus posesiones en moneda nacional o, en calidad de capital, etc., en moneda extranjera para su transferencia fuera del país receptor de la inversión. También protege contra una excesiva demora en la adquisión de divisas como resultado de medidas que pueda tomar el gobierno receptor.
  • Expropiación. Protege contra la pérdida de la inversión asegurada como consecuencia de actos discriminatorios imputables al gobierno receptor, cuyo efecto es el de reducir o eliminar el derecho del inversor respecto a la inversión. También cubre la expropiación reptante
      Son una serie de medidas que, con el paso del tiempo, causan el mismo efecto que una expropiación, aunque por sí solas no son de naturaleza expropriatoria.
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  • Guerra y disturbios civiles. Protege contra la pérdida resultante de los daños causados a bienes materiales o por la destrucción o desaparición de los mismos como resultado de actos de guerra civil, guerra entre países o disturbios civiles motivados siempre por razones políticas.
  • Incumplimiento de contrato. En casos especiales, protege contra las pérdidas derivadas del incumplimiento o del repudio por el gobierno receptor de un contrato celebrado con el inversor.





  MIGA

En el web del Miga dispone de amplia información sobre sus servicios, publicaciones, proyectos, procedimientos, etc.