|
Las
empresas noruegas, y las filiales y sucursales de compañías
extranjeras que operan en el país, están sometidas
a un gravamen sobre sus beneficios del 28%. Existe una imposición
especial para las empresas petroleras y las que se dedican a la
explotación de yacimientos de gas.
La tributación
conjunta, vetada a las empresas petroleras, está permitida
cuando la matriz posee, al menos, el 90% del capital de las filiales.
La hacienda
noruega no practica retenciones cuando las compañías
extranjeras quieren repatriar rentas en forma de royalties.
Tan sólo lo hace en el caso de los dividendos, cuyo tipo
de retención con carácter general es del 28%.
Noruega tiene
firmado con España un Convenio para Evitar la Doble Imposición.
Según este tratado, las compañías españolas
pueden repatriar dividendos con una retención general del
15%, que se reduce al 10% si la matriz española posee,
al menos, el 50% de la empresa instalada en Noruega.
>>
Otros impuestos
El
tipo general, y único, del Impuesto sobre el Valor Añadido
(IVA) en Noruega es del 24% desde enero de este año (anteriormente
era del 23%), y se aplica en las importaciones y en las transacciones
nacionales.
Además
del IVA, Noruega tiene otro impuesto indirecto muy similar (de
hecho están sometidos a él los mismos sujetos pasivos)
llamado Investment Tax. Grava todas las adquisiciones que hagan
las empresas para uso mercantil. Su tipo es del 7%, aunque existen
numerosas exenciones. El Parlamento noruego tiene previsto anular
esta tasa en enero de 2002.
Como es habitual
en los países escandinavos son muy de tener en cuenta las
tasas ecológicas (green taxes). Dependen del tipo de actividad
de la empresa y del producto, y cambian anualmente. Los tipos
normales no suelen superar el 1% del coste de ciertos materiales
y suministros: electricidad, envases no rellenables, compra de
automóviles...
El impuesto
sobre la propiedad, el equivalente al IBI español, depende
de cada municipalidad.
Información
elaborada por
Manuel Pavón & Asociados
e-mail: info@mpavon-as.es
|