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Las
empresas noruegas, y las filiales y sucursales de compañías
extranjeras que operan en el país, están sometidas
a un gravamen sobre sus beneficios del 28%. Existe una imposición
especial para las empresas petroleras y las que se dedican
a la explotación de yacimientos de gas.
La tributación
conjunta, vetada a las empresas petroleras, está
permitida cuando la matriz posee, al menos, el 90% del capital
de las filiales.
La hacienda
noruega no practica retenciones cuando las compañías
extranjeras quieren repatriar rentas en forma de royalties.
Tan sólo lo hace en el caso de los dividendos, cuyo
tipo de retención con carácter general es del 28%.
Noruega
tiene firmado con España un Convenio para Evitar
la Doble Imposición. Según este tratado, las
compañías españolas pueden repatriar
dividendos con una retención general del 15%, que
se reduce al 10% si la matriz española posee, al
menos, el 50% de la empresa instalada en Noruega.
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Otros impuestos
El
tipo general, y único, del Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA) en Noruega es del 24% desde enero de
este año (anteriormente era del 23%), y se aplica
en las importaciones y en las transacciones nacionales.
Además
del IVA, Noruega tiene otro impuesto indirecto muy similar
(de hecho están sometidos a él los mismos
sujetos pasivos) llamado Investment Tax. Grava todas las
adquisiciones que hagan las empresas para uso mercantil.
Su tipo es del 7%, aunque existen numerosas exenciones.
El Parlamento noruego tiene previsto anular esta tasa en
enero de 2002.
Como
es habitual en los países escandinavos son muy de
tener en cuenta las tasas ecológicas (green taxes).
Dependen del tipo de actividad de la empresa y del producto,
y cambian anualmente. Los tipos normales no suelen superar
el 1% del coste de ciertos materiales y suministros: electricidad,
envases no rellenables, compra de automóviles...
El impuesto
sobre la propiedad, el equivalente al IBI español,
depende de cada municipalidad.
Información
elaborada por
Manuel Pavón & Asociados
e-mail: info@mpavon-as.es
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