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"Desde
el momento en que se establecen las exigencias esenciales
y se produce la armonización técnica en las
normas europeas, se consigue la simplificación de
las gestiones en el ámbito de la certificación",
afirma Carmelo Izquierdo, director de calidad de Fagor Electrodomésticos,
recogiendo una opinión generalizada en todos los
sectores implicados en el cumplimiento de esta normativa.
Sin
embargo, su aplicación práctica ha traído
consigo la necesidad de modificaciones en las normas y la
consiguiente regulación posterior por parte de los
Estados, lo que ha limitado
la armonización legislativa buscada
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José Ángel Conchello, director general de calidad del grupo Macpuarsa y vocal del comité 58 de AENOR señala que debido a esta situación "se tiene que recurrir a normas no armonizadas, incluso a criterios no armonizados, diferentes en cada país comunitario". |
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Como
afirma José María Giménez, responsable
del servicio corporativo de la calidad, la seguridad y el
medio ambiente de la sociedad cooperativa Orona, dedicada
al montaje e instalación de aparatos elevadores,
"el cumplimiento de las normativas de Nuevo Enfoque
es un ejercicio de mínimos, requisito imprescindible
a la hora de abordar cualquier mercado comunitario".
Realidad
a la que no es ajena la Administración española,
ya que según se señala en las conclusiones
de la Fase III del proyecto
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Realizado conjuntamente por la Secretaría de Estado de comercio y Turismo y por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE). |
"Línea abierta
para la identificación de problemas de las empresas
españolas en el Mercado Único Europeo"
(ver El Exportador en edición papel, nº 20),
la principal dificultad con la que se encuentran las compañías
españolas son las barreras técnicas, que acaparan
el 41% del total de problemas detectados.
Como
se explica en este estudio, "sigue sin conseguirse
una total armonización legislativa en la mayoría
de los sectores, ya que se ha detectado un importante número
de denuncias referidas al no reconocimiento en otros Estados
miembros de las pruebas y ensayos ya realizados, así
como la falta de aceptación de certificaciones y
homologaciones obtenidas en España".
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El tren de la competitividad
Pero, ¿cómo está afectando al comercio
exterior de las empresas españolas las normativas
de Nuevo Enfoque? Fundamentalmente ha incidido sobre su
competitividad y, consecuentemente, ha
incrementado el flujo comercial
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"Con la armonización de las normas, hemos notado un incremento en las ventas, sobre todo en aquellos mercados comunitarios tradicionalmente restrictivos", sostiene el responsable del área de control de calidad del fabricante alicantino de juguetes Fábricas Agrupadas de Muñecas de Onil S.A.(Famosa). |
con los países comunitarios.
El gerente
de Juguetes Feber Internacional considera que "la obtención
de la certificación CE nos ha ayudado a no perder
el tren de la competitividad, a tener una organización
ágil de cara tanto al cliente nacional como al internacional,
ofreciendo productos de diseño atractivo y, ante
todo, seguros en su manejo. En este sentido, los grandes
beneficiados no hemos sido sólo las empresas sino
también los clientes".
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Acuerdos de Reconocimiento Mutuo, un paso más en
la exportación
Al amparo de la filosofía que inspiró la entrada
en vigor de la Legislación del Nuevo Enfoque en materia
de calidad y seguridad industrial, las entidades certificadoras
de la Unión Europea han optado por desarrollar fórmulas
que faciliten el intercambio de mercancías con países
terceros. Éste es el origen de los Acuerdos
de Reconocimiento Mutuo (ARM).
Entre
otras cosas, la importancia de estos acuerdos radica en
que contribuyen a:
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la reducción de costes y de tiempos
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Puesto que es imposible establecer un calendario de trabajo cuando la evaluación se realiza en el país receptor de la exportación. |
en la
exportación,
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eliminar la duplicidad de los procesos de ensayos, certificación
y registros de productos.
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ARM en vigor firmados por la UE
En la actualidad, la Unión Europea ha firmado cuatro
acuerdos de reconocimiento mutuo:
| Sectores
cubiertos |
EE
UU
(en vigor desde el 1 diciembre 1998) |
Canadá
(en vigor desde el 1 noviembre 1998) |
Australia
(en vigor desde el 1 enero 1999) |
N.
Zelanda
(en vigor desde el 1 enero 1999) |
| Productos
Sanitarios |
X |
X |
X |
X |
| Buenas
prácticas farmacéuticas de fabricación |
X |
X |
X |
X |
| Equipos
de Telecomunicaciones |
X |
X |
X |
X |
| Equipos
eléctricos y CEM |
X |
X |
X |
X |
| Equipos
a presión |
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|
X |
X |
| Automoción |
|
|
X |
X |
| Máquinas |
|
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X |
X |
| Embarcaciones
de recreo |
X |
X |
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Fuente:
AENOR
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