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KIOTO, SE ABRE UN NUEVO MERCADO
El Protocolo de Kioto
Consecuencias para la industria española de un problema global


Según los científicos, las consecuencias del aumento de temperatura ocasionado por la contaminación, serán catastróficas por la reducción de alimentos a escala mundial, el aumento de la desertificación, la escasez de agua, el aumento de fenómenos tormentosos y la disminución de tierra habitable por la subida del nivel del mar. Todo ello contribuirá en un futuro cercano a un flujo emigratorio constante desde los países subdesarrollados hacia países industrializados, ya que los efectos perjudiciales afectarán desproporcionadamente a las zonas más pobres con economías muy dependientes de los recursos naturales y de los sectores económicos vinculados con ellos. Los efectos del cambio climático también repercuten en la salud humana, principalmente por la aparición de plagas transmisoras de enfermedades (insectos y roedores).

Desde la Unión Europea se han establecido durante los últimos años numerosos mecanismos para paralizar este proceso de calentamiento de la atmósfera. Por un lado, se están desarrollando nuevas tecnologías y, por otro, se está generando gran cantidad de legislación específica, que reduce los valores límites de emisión en la industria, los motores de tracción y las instalaciones de combustión. La política de fiscalidad e incentivos de la energía contribuye también al desarrollo de tecnologías limpias, al fomento del uso de fuentes renovables y a la optimización de procesos de eficiencia energética.

El Protocolo de Kioto constituye el único tratado internacional que trata de buscar soluciones reales a este problema social, ambiental y económico de primera magnitud.

Esta nueva concienciación de la importancia del entorno natural afecta a la competitividad de las empresas en el mercado mundial en un doble ámbito:

  • Por un lado, las medidas de prevención y control de la contaminación son caras y repercuten en el coste de los productos y los procesos.
  • Por otro, estas mismas medidas obligan al desarrollo de tecnologías y nuevos productos y procesos que constituyen oportunidades de mercado para las empresas capaces de desarrollarlas.

Un reciente informe sobre el Programa Europeo del Cambio Climático (PECC) estima que el coste requerido para asumir el Protocolo se cifra, sólo en la UE, en 3.700 millones de euros al año y que éste es perfectamente asumible por los países miembros, aunque requerirá instrumentos legales y de mercado para su cumplimiento.

La adopción de los principios de Kioto supone la reducción mundial de los gases de efecto invernadero para el período 2008-2012 en un 5,2%, y en el conjunto de los países de la Unión Europea de un 8% con respecto a los niveles registrados en 1990. Según eso, en España se podrían aumentar hasta un 15% las emisiones cumpliendo con los objetivos del Protocolo.

Aunque aún no se encuentra en vigor, Rusia ha anunciado que lo ratificará en breve, constituyendo éste un hecho clave, ya que este país aportaría un 17,4% de las emisiones totales de gases.

Herramientas de trabajo
Los países firmantes de Kioto han puesto tres fondos a disposición de los países con mayores dificultades.

La Comisión Europea inició el pasado 25 de marzo una consulta sobre la forma en la que se puede impulsar el uso de las tecnologías ecológicas, de cara a realizar un plan de acción a finales de año. Asimismo, también recordó el efecto que el uso de estas tecnologías tiene para la creación de empleo, dado que desde 1994 en la UE aumentaron en 500.000 los puestos de trabajo directos ligados a la gestión de la contaminación y a las tecnologías limpias.

En países como Alemania ya se está llevando a cabo iniciativas fiscales ecológicas. En España se opta por el modelo de incentivo pero aún no se han implantado cargas ambientales significativas.

El Ministerio de Medio Ambiente ha creado la Oficina Española de Cambio Climático con la finalidad de detectar las necesidades y adoptar las medidas de mejora que se estimen oportunas.

Mecanismos flexibles
El Protocolo de Kioto prevé tres tipos de mecanismos de flexibilidad, destinados a facilitar a los países desarrollados el cumplimiento de sus obligaciones de emisiones.

  • El principal de ellos es el comercio de emisiones, mediante el cual los países podrán transferir parte de su cuota asignada de emisión a otro país, o adquirirla mediante una compensación económica.
  • Los otros dos mecanismos se refieren a proyectos internacionales específicos en los que un país invierte en otro produciendo una reducción de emisiones, que contabiliza a su favor el país inversor.

La aplicación de los mecanismos de flexibilidad es de carácter voluntario, aunque su puesta en marcha se considera ventajosa económicamente. El Plan Internacional de Comercio de Derechos de Emisión tiene prevista su entrada en vigor en el año 2008 y la Unión Europea pretende adelantar este objetivo a 2005 en el ámbito de los países miembros. Con anterioridad a esta fecha, se debe establecer, entre otras cosas, el establecimiento de un precio único para las cuotas intercambiadas.

La transparencia de los precios permitirá a las empresas juzgar las oportunidades de negocio que presenta el intercambio de emisiones. El beneficio económico es claro: la empresa vendedora recibe una compensación económica y la compradora se ahorra los costes imprevistos que puedan provenir de posibles sanciones o multas. Asimismo, se fomenta la inversión en tecnologías limpias de reducción de la contaminación.

A pesar de la falta de definición, existen ya experiencias de sistemas de intercambio de derechos de emisión en varios Estados miembros como Dinamarca o el Reino Unido.

El sistema de compraventa de derechos de emisión afectará a más de 5.000 empresas en la Unión Europea y supondrá un ahorro potencial de 1.300 millones de euros con respecto a la situación planteada sin la existencia de este mecanismo. La adaptación de la industria española a la futura Directiva de comercio de emisiones supondrá un coste calculado superior a 1.000 millones de euros al año a partir de 2005.

EEUU: una visión divergente
Las medidas adoptadas por el equipo del presidente estadounidense George Bush como alternativa a la negativa de su país a ratificar el Protocolo de Kioto sobre cambio climático, difieren profundamente de la línea seguida en la Unión Europea.

Teniendo en cuenta que EEUU es responsable de la cuarta parte de las emisiones mundiales de dióxido de carbono (principal agente responsable del cambio climático), es francamente difícil pensar que el modelo de desarrollo planteado por el Gobierno de Bush se acerque al de desarrollo sostenible planteado por la Unión Europea en el Sexto Programa de Acción Comunitaria en Materia de Medio Ambiente.

La estrategia estadounidense se sustenta en unas pocas iniciativas reglamentarias en la promoción de acuerdos voluntarios de reducción de CO2 y en la concesión de estímulos fiscales e incentivos financieros a la industria. Sin embargo, la mayoría de la financiación se consigue actualmente a través de los impuestos procedentes de las facturas eléctricas y no existe un recargo fiscal para las energías más contaminantes.

Como contrapartida, ya existen ejemplos de acuerdos voluntarios. E incluso el estado de California se ha desmarcado de la política energética nacional y ha establecido sus propios criterios de control de emisiones.

La Unión Europea, por su parte, afirma que EEUU elevará un 33% respecto a 1990 sus emisiones de gases de efecto invernadero y que el país se verá desconectado del nuevo mercado internacional de emisiones.