El
régimen tributario croata señala que las empresas residentes
en el interior del país están sujetas al Impuesto sobre
Sociedades, a contribuciones a la Seguridad Social, al Impuesto sobre
el Valor Añadido, al impuesto que grava las transmisiones de
bienes inmuebles y a varios impuestos especiales.
Es sujeto pasivo del Impuesto
sobre Sociedades (Porez na dobit) toda entidad
residente en Croacia que desarrolle una actividad con la finalidad
de obtener un beneficio económico. Los establecimientos permanentes
de sociedades no residentes tributan en las mismas condiciones que
las empresas residentes.
Las formas societarias más comunes son la
sociedad de responsabilidad limitada (drustvo s ogranicenom odgovornos´cu,
d.o.o.) y la sociedad anónima (dionicko drustvo, d.d.).
Este artículo analiza el régimen tributario aplicable
a las empresas que ostentan tales formas societarias.
Las instituciones y las organizaciones no gubernamentales,
por su parte, no son sujetos pasivos, siempre que se limiten a desarrollar
las actividades previstas en sus estatutos. Si, por el contrario,
desarrollan otras actividades con ánimo de lucro, resultan
sujetas al impuesto.
Se consideran residentes las personas jurídicas
cuyo domicilio social o sede de actividad efectiva se encuentra
en Croacia, debiendo tributar por la totalidad de su renta mundial
obtenida en el año precedente. La renta mundial se define
como la diferencia entre los ingresos brutos y los gastos que resulten
deducibles, determinados a partir del resultado contable.
Existen ciertos ingresos exentos de tributación,
destacando los dividendos y, en general, las rentas derivadas de
la participación en otras entidades.
Son deducibles los gastos en que la empresa haya
incurrido para la obtención de los ingresos sujetos a tributación.
Los gastos promocionales y algunos de los realizados en favor del
personal de la empresa, como regalos, vacaciones o actividades deportivas
y de recreo, son deducibles en un 30% de su importe. Las donaciones
son deducibles con el límite máximo del 2% de los
ingresos brutos del ejercicio precedente.
Entre los gastos no deducibles cabe destacar:
- Los derivados
de daños, pérdidas o deterioros en los activos que
excedan determinado importe.
- El exceso
de intereses pagados por una sociedad residente a una no residente
sobre el interés bancario en depósitos a plazo del
mismo período, no es deducible. La diferencia incrementa
la base imponible de la sociedad pagadora.
- Las multas
y sanciones penales y administrativas.
- Los dividendos.
En cuanto a la dotación para amortización
de los activos, se realiza a través de la aplicación
de porcentajes constantes sobre el valor del activo. El porcentaje
varía en función de la vida útil del elemento.
Se permite la amortización acelerada en determinadas condiciones,
a través del incremento de los porcentajes respectivos hasta
en un 100%.
Los activos cuyo valor de adquisición no
supere el importe de 1.000 kunas (aprox. 138,150 euros) y cuya vida
útil no supere un año no son amortizables a través
de este sistema, y su amortización se realiza en un solo
plazo.
El beneficio gravable incluye no sólo los
ingresos ordinarios, sino también las ganancias de capital
obtenidas a través de la enajenación de todo tipo
de activos, tanto tangibles como intangibles.
En el caso de que las pérdidas obtenidas
en el ejercicio superen los ingresos, la base imponible negativa
resultante es compensable con los beneficios de los ejercicios posteriores,
con el límite de cinco años. No se permite la compensación
contra los resultados de ejercicios anteriores.
No se aplican
retenciones o withholding taxes en los pagos efectuados en
favor de empresas no residentes.
En el caso de que los beneficios sean remitidos
al extranjero, sí se aplica una retención del 15%
sobre el importe distribuido, aunque puede ser reducida o eliminada
en el caso de que el socio sea residente en un país que haya
suscrito un tratado para evitar la doble imposición con Croacia.
Así, Croacia ofrece interesantes posibilidades
como vehículo de planificación fiscal internacional,
puesto que, como hemos señalado anteriormente, los dividendos
percibidos por las empresas residentes también están
totalmente exentos.
Tipos
El tipo de gravamen
general del impuesto es, desde 2001, del 20%, lo que supone un importante
incentivo fiscal, en un intento por relanzar la actividad económica,
puesto que con anterioridad el tipo era del 35%.
Los inversores
pueden beneficiarse de tipos de gravamen más reducidos, o
incluso de exenciones totales de tributación, por un período
de hasta diez años a partir del año de la inversión,
dependiendo del importe invertido y del número de trabajadores
empleados.
Así,
el tipo de gravamen se reduce hasta el 7% durante diez años
si la inversión alcanza los 10 millones de kunas y el empresario
emplea al menos a 30 personas. El tipo del 3% se aplica a quienes
inviertan 20 millones y contraten a 50 empleados. La exención
total se obtiene invirtiendo 60 millones de kunas y empleando a
75 operarios.
El 50% de los
ingresos obtenidos por los sujetos pasivos que desarrollan sus actividades
empresariales en zonas francas están exentos de tributación.
Además, los ingresos de las empresas constructoras o que
operen en el campo de la construcción en zonas favorecidas
por el Gobierno, invirtiendo al menos 1 millón de kunas,
están exentos durante 5 años. Lógicamente,
la exención no podrá superar el importe de la inversión.
Los ingresos
de las empresas que desarrollan su actividad en regiones especialmente
protegidas por el Gobierno y que empleen al menos a 5 personas,
se benefician de reducciones en la base imponible de entre el 25%
y el 75% de ésta, dependiendo de la región. Es necesario
que más del 50% de los empleados tengan su domicilio en esas
zonas.
En las zonas
de Vukovar y Srijem se concede directamente una exención
en el Impuesto sobre Sociedades, por un período de hasta
5 años desde el inicio de la actividad, para las inversiones
que cumplan los requisitos señalados en el párrafo
anterior. Tras ese período, la reducción alcanza el
75% de la base imponible.
El ejercicio
fiscal es el año natural, y la declaración del impuesto
debe presentarse en los 4 meses posteriores a la finalización
del ejercicio.
En función
de la cuota del ejercicio precedente, deben efectuarse mensualmente
pagos a cuenta del resultado final del ejercicio. Las empresas que
inician su actividad efectúan dichos pagos sobre la base
de los resultados obtenidos en los tres primeros meses de actividad.
En el caso de que los pagos a cuenta excedan el resultado final,
es posible solicitar la devolución del exceso o, alternativamente,
la compensación con los resultados del ejercicio posterior.
Los beneficios,
con excepción de los dividendos, y las ganancias de capital
obtenidas en el extranjero por las entidades residentes se suman
a los ingresos percibidos en el interior del país, añadiendo
los impuestos pagados en el extranjero con cargo a dichos beneficios.
Esto resulta aplicable también en el caso de que las rentas
extranjeras sean obtenidas a través de un establecimiento
permanente.
Posteriormente,
resulta deducible el impuesto extranjero, con el límite del
impuesto que hubiera correspondido pagar en Croacia por el mismo
ingreso. Estas previsiones no resultan aplicables en el caso de
que resulte aplicable un tratado para evitar la doble imposición
de los suscritos por Croacia.
Las autoridades
fiscales pueden comprobar el coste de los bienes y servicios adquiridos
en el extranjero por el establecimiento permanente de una empresa
extranjera situada en Croacia, en particular en el caso de pagos
por marcas, patentes, licencias, servicios de consultoría
o intereses. El coste de adquisición de tales bienes y servicios
se compara con su valor medio de mercado en Croacia y en el extranjero,
y cuando el precio pagado sea superior, la diferencia se suma al
beneficio gravable del establecimiento permanente.
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