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FISCALIDAD
Los dividendos no tributan | 1 | 2 |

El régimen tributario croata señala que las empresas residentes en el interior del país están sujetas al Impuesto sobre Sociedades, a contribuciones a la Seguridad Social, al Impuesto sobre el Valor Añadido, al impuesto que grava las transmisiones de bienes inmuebles y a varios impuestos especiales.

Es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades (Porez na dobit) toda entidad residente en Croacia que desarrolle una actividad con la finalidad de obtener un beneficio económico. Los establecimientos permanentes de sociedades no residentes tributan en las mismas condiciones que las empresas residentes.

Las formas societarias más comunes son la sociedad de responsabilidad limitada (drustvo s ogranicenom odgovornos´cu, d.o.o.) y la sociedad anónima (dionicko drustvo, d.d.). Este artículo analiza el régimen tributario aplicable a las empresas que ostentan tales formas societarias.

Las instituciones y las organizaciones no gubernamentales, por su parte, no son sujetos pasivos, siempre que se limiten a desarrollar las actividades previstas en sus estatutos. Si, por el contrario, desarrollan otras actividades con ánimo de lucro, resultan sujetas al impuesto.

Se consideran residentes las personas jurídicas cuyo domicilio social o sede de actividad efectiva se encuentra en Croacia, debiendo tributar por la totalidad de su renta mundial obtenida en el año precedente. La renta mundial se define como la diferencia entre los ingresos brutos y los gastos que resulten deducibles, determinados a partir del resultado contable.

Existen ciertos ingresos exentos de tributación, destacando los dividendos y, en general, las rentas derivadas de la participación en otras entidades.

Son deducibles los gastos en que la empresa haya incurrido para la obtención de los ingresos sujetos a tributación. Los gastos promocionales y algunos de los realizados en favor del personal de la empresa, como regalos, vacaciones o actividades deportivas y de recreo, son deducibles en un 30% de su importe. Las donaciones son deducibles con el límite máximo del 2% de los ingresos brutos del ejercicio precedente.

Entre los gastos no deducibles cabe destacar:

  • Los derivados de daños, pérdidas o deterioros en los activos que excedan determinado importe.
  • El exceso de intereses pagados por una sociedad residente a una no residente sobre el interés bancario en depósitos a plazo del mismo período, no es deducible. La diferencia incrementa la base imponible de la sociedad pagadora.
  • Las multas y sanciones penales y administrativas.
  • Los dividendos.

En cuanto a la dotación para amortización de los activos, se realiza a través de la aplicación de porcentajes constantes sobre el valor del activo. El porcentaje varía en función de la vida útil del elemento. Se permite la amortización acelerada en determinadas condiciones, a través del incremento de los porcentajes respectivos hasta en un 100%.

Los activos cuyo valor de adquisición no supere el importe de 1.000 kunas (aprox. 138,150 euros) y cuya vida útil no supere un año no son amortizables a través de este sistema, y su amortización se realiza en un solo plazo.

El beneficio gravable incluye no sólo los ingresos ordinarios, sino también las ganancias de capital obtenidas a través de la enajenación de todo tipo de activos, tanto tangibles como intangibles.

En el caso de que las pérdidas obtenidas en el ejercicio superen los ingresos, la base imponible negativa resultante es compensable con los beneficios de los ejercicios posteriores, con el límite de cinco años. No se permite la compensación contra los resultados de ejercicios anteriores.

No se aplican retenciones o withholding taxes en los pagos efectuados en favor de empresas no residentes.

En el caso de que los beneficios sean remitidos al extranjero, sí se aplica una retención del 15% sobre el importe distribuido, aunque puede ser reducida o eliminada en el caso de que el socio sea residente en un país que haya suscrito un tratado para evitar la doble imposición con Croacia.

Así, Croacia ofrece interesantes posibilidades como vehículo de planificación fiscal internacional, puesto que, como hemos señalado anteriormente, los dividendos percibidos por las empresas residentes también están totalmente exentos.

 Tipos
El tipo de gravamen general del impuesto es, desde 2001, del 20%, lo que supone un importante incentivo fiscal, en un intento por relanzar la actividad económica, puesto que con anterioridad el tipo era del 35%.

Los inversores pueden beneficiarse de tipos de gravamen más reducidos, o incluso de exenciones totales de tributación, por un período de hasta diez años a partir del año de la inversión, dependiendo del importe invertido y del número de trabajadores empleados.

Así, el tipo de gravamen se reduce hasta el 7% durante diez años si la inversión alcanza los 10 millones de kunas y el empresario emplea al menos a 30 personas. El tipo del 3% se aplica a quienes inviertan 20 millones y contraten a 50 empleados. La exención total se obtiene invirtiendo 60 millones de kunas y empleando a 75 operarios.

El 50% de los ingresos obtenidos por los sujetos pasivos que desarrollan sus actividades empresariales en zonas francas están exentos de tributación. Además, los ingresos de las empresas constructoras o que operen en el campo de la construcción en zonas favorecidas por el Gobierno, invirtiendo al menos 1 millón de kunas, están exentos durante 5 años. Lógicamente, la exención no podrá superar el importe de la inversión.

Los ingresos de las empresas que desarrollan su actividad en regiones especialmente protegidas por el Gobierno y que empleen al menos a 5 personas, se benefician de reducciones en la base imponible de entre el 25% y el 75% de ésta, dependiendo de la región. Es necesario que más del 50% de los empleados tengan su domicilio en esas zonas.

En las zonas de Vukovar y Srijem se concede directamente una exención en el Impuesto sobre Sociedades, por un período de hasta 5 años desde el inicio de la actividad, para las inversiones que cumplan los requisitos señalados en el párrafo anterior. Tras ese período, la reducción alcanza el 75% de la base imponible.

El ejercicio fiscal es el año natural, y la declaración del impuesto debe presentarse en los 4 meses posteriores a la finalización del ejercicio.

En función de la cuota del ejercicio precedente, deben efectuarse mensualmente pagos a cuenta del resultado final del ejercicio. Las empresas que inician su actividad efectúan dichos pagos sobre la base de los resultados obtenidos en los tres primeros meses de actividad. En el caso de que los pagos a cuenta excedan el resultado final, es posible solicitar la devolución del exceso o, alternativamente, la compensación con los resultados del ejercicio posterior.

Los beneficios, con excepción de los dividendos, y las ganancias de capital obtenidas en el extranjero por las entidades residentes se suman a los ingresos percibidos en el interior del país, añadiendo los impuestos pagados en el extranjero con cargo a dichos beneficios. Esto resulta aplicable también en el caso de que las rentas extranjeras sean obtenidas a través de un establecimiento permanente.

Posteriormente, resulta deducible el impuesto extranjero, con el límite del impuesto que hubiera correspondido pagar en Croacia por el mismo ingreso. Estas previsiones no resultan aplicables en el caso de que resulte aplicable un tratado para evitar la doble imposición de los suscritos por Croacia.

Las autoridades fiscales pueden comprobar el coste de los bienes y servicios adquiridos en el extranjero por el establecimiento permanente de una empresa extranjera situada en Croacia, en particular en el caso de pagos por marcas, patentes, licencias, servicios de consultoría o intereses. El coste de adquisición de tales bienes y servicios se compara con su valor medio de mercado en Croacia y en el extranjero, y cuando el precio pagado sea superior, la diferencia se suma al beneficio gravable del establecimiento permanente.

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