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FISCALIDAD
La imposición no plantea dificultades  


En Egipto se aplica el sistema clásico para algunos impuestos, como el de Sociedades o el Impuesto del Valor Añadido.

Impuesto sobre Sociedades
Dentro de este impuesto, los beneficios corporativos tributan al tipo impositivo aplicable en el ejercicio cuando hayan sido obtenidos. Los dividendos distribuidos están exentos de impuestos con independencia del lugar de residencia del accionista.

Se concede una exención total del Impuesto sobre Sociedades a ciertas entidades: empresas que actúan en Zonas Francas y que cumplen los requisitos de la Ley de Inversiones (ver incentivos a la inversión), organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales.

Las sociedades residentes están sujetas al Impuesto sobre Sociedades por su renta mundial. Las entidades no residentes están sujetos a imposición solamente por la renta obtenida en Egipto.

El beneficio gravable resulta de la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos incurridos para la obtención de aquellos, tomando como base el resultado contable al que se realizan ciertos ajustes. Resulta igualmente deducible la depreciación de los activos, dentro de los límites fijados por la ley. Se admite la deducibilidad de todos los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad de la sociedad y en particular de los intereses derivados de préstamos obtenidos para la consecución del objeto social, tasas e impuestos que no sean el Impuesto sobre Sociedades, donaciones a la Administración y a organizaciones sin fines lucrativos, contribuciones a la seguridad social, etc.

Las ganancias de capital derivadas de activos de la sociedad se consideran ingresos ordinarios y tributan al tipo estándar. Como consecuencia, las pérdidas de capital pueden ser compensadas con los beneficios empresariales ordinarios. Las ganancias de capital derivadas de valores negociados en el mercado secundario no están sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

El sujeto pasivo puede compensar las bases imponibles negativas obtenidas en los cinco años inmediatamente anteriores al año en que obtiene una base imponible positiva.

En cuanto al tipo de gravamen, el tipo general es del 20% y para empresas petroleras del 40,55%.

Las empresas importadoras de productos deben pagar un impuesto anticipado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades a un tipo fijado por el Ministerio de Finanzas (actualmente 0,5%), que no pueda exceder el 2% del valor total de los bienes importados. Además, al renovar ciertos contratos, las empresas en cuestión deben pagar un 10% sobre los importes fijados en los contratos para su renovación. Se trata igualmente de un pago anticipado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.

La Administración fiscal egipcia reconoce el sistema de consultas fiscales. Como consecuencia de dicha posibilidad, las empresas pueden solicitar respuestas vinculantes de la Administración sobre consultas fiscales relacionadas con transacciones específicas.

El ejercicio fiscal coincide con el año natural. Las empresas pueden sin embargo elegir un período diferente si así lo establecen en sus estatutos. Las declaraciones fiscales deben ser presentadas hasta el 1 de mayo de cada año y deben ser aprobadas anteriormente por un auditor. Existe la posibilidad de presentación telemática.

Para evitar el fraude fiscal se aplican varios mecanismos. Por un lado existen normas sobre los precios de transferencia, según las cuales la Hacienda egipcia puede ajustar la base imponible en cuestión siempre que se considere que una transacción entre partes vinculadas no haya sido realizada a valor de mercado y que haya habido un perjuicio para Hacienda. Por otro lado existe una regla de subcapitalización, según la cual los intereses derivados de préstamos no se consideran gastos deducibles cuando el importe del endeudamiento supera cuatro veces el capital fiscal del deudor. Aunque la ratio 4:1 es la fijada por ley para situaciones de subcapitalización, se estableció para el ejercicio 2007 como excepción la ratio 6:1 y para 2008 la 5:1.

Aspectos internacionales
Como ya se ha mencionado, las empresas residentes en Egipto tributan por su renta mundial. A consecuencia de ello, dividendos, royalties, intereses y ganancias de capital obtenidos en el extranjero forman parte de la base imponible.

Como medida unilateral se concede un crédito fiscal con respecto al impuesto extranjero soportado. Este crédito fiscal no puede superar el importe que hubiese correspondido pagar en Egipto por el mismo concepto en cuestión.

En cuanto al tratamiento fiscal de empresas no residentes se distingue, igual que en España, entre empresas que operan a través de un establecimiento permanente y las que no. Se define un establecimiento como un lugar fijo de negocios, a través del cual una empresa no residente lleva a cabo su negocio o su proyecto en Egipto. Esta definición incluye las sucursales, oficinas, fábricas, edificios utilizados como puestos de venta, plantaciones, minas etc. Además se considera que una empresa actúa a través de un establecimiento permanente cuando tenga una persona trabajando en el proyecto que tiene los poderes de firmar contratos relacionados con el negocio.

Los establecimientos permanentes están sujetos al Impuesto sobre Sociedades estándar del 20% sobre sus beneficios netos.

Las empresas no residentes sin establecimiento permanente están sujetas a una retención final del 20% sobre la mayoría de sus ingresos de fuente egipcia. La distribución de dividendos por una sociedad residente en Egipto a su accionista no residente está, igual que en el caso de accionistas residentes, exenta de retención

Egipto ha suscrito numerosos Convenios de Doble Imposición, entre los cuales figuran la mayoría de los países europeos, EEUU y Rusia. En virtud del Convenio con España, los porcentajes de retención que se aplican a las rentas pagadas por sociedades residentes en Egipto a personas o entidades residentes en España son los siguientes:

  • Dividendos: 9% si la participación en el capital de la sociedad egipcia es mayor o igual al 25%, y 12% en el resto de los casos. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la ley doméstica de Egipto prevé una exención total de los dividendos distribuidos por una sociedad española.
  • Intereses: 12%.
  • Cánones o royalties: 10%.

Incentivos fiscales
Egipto ha creado un clima atractivo tanto para inversores nacionales como extranjeros, siendo ambos tratados prácticamente igual. Por ello, no se exigen a inversores extranjeros permisos especiales de inversión, siendo sin embargo necesarias autorizaciones para ciertas actividades. La agencia del Gobierno egipcio responsable para la promoción de las inversiones es la General Authority for Investment and Free Zones (GAFI).

Existen incentivos especiales en cuanto a la puesta a disposición de terrenos por parte del Estado egipcio para llevar a cabo proyectos de inversión.

En 1991, Egipto eliminó la mayoría de los controles de cambio. Los tipos de cambio se determinan a base de oferta y demanda sin interferencias por parte del Banco Central.

En cuanto a los incentivos fiscales, cabe por mencionar lo siguiente:

  • La nueva Ley sobre Ingresos y Beneficios (Ley 91 de 2005) revocó todos los incentivos fiscales ofrecidos por la Ley de Inversiones (Ley 8 de 1997). Sin embargo, los períodos de exención no vencidos hasta la entrada en vigor de la ley siguen vigentes hasta su vencimiento. Los proyectos establecidos antes de la entrada en vigor de la Ley 91, pero que aún no habían iniciado la actividad, pueden disfrutar de los períodos de vacaciones fiscales fijados según localización del proyecto, siempre que empiecen su actividad antes del 10 de julio de 2008.
  • Hay incentivos fiscales para los fondos de inversión. Estos fondos de inversión deben ser establecidos en cumplimiento de la Ley de Mercado de Capitales para invertir en valores y deben revestir la forma de joint-stock companies. La mayoría de los miembros del consejo de administración deben ser personas distintas a los accionistas. Si se cumplen estos requisitos, los beneficios de estos fondos quedan exentos del Impuesto sobre Sociedades.

Impuestos indirectos
En cuanto a la imposición indirecta, la estructura del IVA es similar a la de España. El tipo impositivo general es el 10%, aunque existen tipos impositivos reducidos del 5% y 0% aplicables a una gran parte de los productos de primera necesidad. También existe un tipo elevado del 15%, 20% y hasta 30% aplicable a los servicios de telecomunicación y artículos de lujo. Están exentas las exportaciones de productos, los servicios de salud y asistencia social, los servicios relacionados con la educación deportiva y cultural. Algunas mercancías, con relación a los servicios exentos, están igualmente exentas de IVA. NATALIE J. HALLA-VILLA JIMÉNEZ

Información elaborada por David Mülchi & Asociados

IMPUESTOS
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. SOCIEDADES RESIDENTES

Tipo impositivo general
Empresas petroleras
Ganancias de capital
Dividendos
Compensación de bases imponibles negativas

20%
40,55%
20%
0%

SOCIEDADES NO RESIDENTES

Beneficio empresarial a través de establecimiento permanente
Dividendos
Intereses
Royalties

20%
0%
20%
20%

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Tipo gravamen general
Tipos incrementados
Tipos reducidos
¿Se prevén exenciones?
¿Grava las exportaciones?

10%
15%,20%,30%
0%,5%

NO

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO NO
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES
ARANCELES A LA IMPORTACIÓN
CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN CON ESPAÑA
NORMAS ANTIABUSO
INCENTIVOS FISCALES
Incentivos fiscales para fondos de inversión, vacaciones fiscales para inversiones realizadas en determinadas aéreas