N.43
Junio 2001
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 FISCALIDAD.
 Incentivos para empresas de tecnología punta
 


>> Impuesto de Sociedades
Los beneficios de las empresas que operan en Corea del Sur están sometidos a un gravamen del 16%, los primeros 100 millones de wones, y del 28%, el resto. De forma adicional, existe una tasa local del 10%.

La repatriación de cualquier tipo de renta desde una filial o sucursal coreana hacia la matriz de origen está sometida a una retención fiscal en origen del 25%. Sin embargo, desde 1994 España y Corea del Sur tienen suscrito un Convenio para evitar la Doble Imposción que reduce este tipo. Concretamente, los dividendos tienen una retención del
10-15%, y en el caso de los intereses y cánones no puede superar el 10%.

Las ganancias de capital y los incrementos de patrimonio tributan de manera especial y separada del impuesto de sociedades. Los beneficios que obtenga una sociedad española por la venta de inmuebles (o de acciones en compañías cuyo activo principal sean los inmuebles) están sometidos en Corea a un gravamen calculado como el mayor entre el 10% del precio de venta o el 25% de la plusvalía neta.

Si el beneficio proviene de la venta de acciones u otros derechos, sólo se genera la obligación de pagar impuestos si la empresa española ha poseído durante el último año una participación del 25% en la sociedad de la cual quiere desprenderse de sus participaciones.

>> Otros impuestos
La constitución de una sociedad está sometida a un impuesto similar al de Operaciones Societarias que existe en España, cuyo tipo impositivo varía entre el 0,48% y el 2,4%.
El Impuesto sobre el Valor Añadido tiene un tipo general del 10%, del cual están excluidas las exportaciones.

>> Incentivos fiscales
Corea concede una exención de impuestos del 100% durante siete años (y del 50%, en los tres siguientes) a las empresas extranjeras que se instalen en su territorio y que posean tecnología punta. Si dichas compañías se instalan en una Zona de Libre Exportación, la exención total se extiende hasta los ocho años, mientras que cualquier otro tipo de empresa que se instale en estas áreas disfruta de vacaciones fiscales durante cinco ejercicios.

Información elaborada por Manuel Pavón & Asociados
e-mail: info@mpavon-as.es