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FISCALIDAD
Reducción de la imposición 1 | 2 |

  Otros tributos
La política arancelaria de Malasia se caracteriza por su gran flexibilidad, puesto que los aranceles se incrementan o disminuyen en función de las necesidades de la industria nacional. Así, cuando se inicia la producción local de artículos que previamente se importaban, los aranceles aumentan, mientras la importación de maquinaria y materias primas necesarias para iniciar la fabricación de productos prioritarios se exime del pago de tales derechos.

El impuesto sobre las ganancias inmobiliarias grava la transmisión de bienes inmuebles situados en Malasia y la transmisión de acciones y participaciones en sociedades cuyo activo se compone principalmente de bienes inmuebles. Existen exenciones para determinadas transmisiones entre sociedades del mismo grupo empresarial, y en operaciones de reestructuración empresarial.

Los tipos de gravamen disminuyen progresivamente, desde el 30% hasta el tipo mínimo del 5%, a medida que aumenta el tiempo durante el cual el transmitente ha poseído el inmueble.

En 1990, las autoridades malasias decidieron establecer un régimen offshore para sociedades en la isla de Labuan. Con la excepción de las sociedades que operan en los sectores bancario, asegurador o en la prestación de servicios a otras sociedades, no es necesaria autorización gubernamental para constituir una sociedad offshore.

El administrador de este tipo de sociedades puede ser una entidad no residente. En cuanto la sociedad no desarrolle actividades empresariales con residentes en Malasia, se beneficia de un tipo en el Impuesto sobre Sociedades de tan sólo el 3%. Tratándose de sociedades holding, de valores o patrimonial, resultará exenta totalmente de tributación por ese impuesto.

La percepción y la distribución de dividendos por este tipo de sociedades está totalmente exenta de la aplicación de withholding taxes.

Información elaborada por David Mülchi & Asociados

I M P U E S T O S  
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. TIPO IMPOSITIVO GENERAL 28%
NO RESIDENTES. TIPO IMPOSITIVO  

Beneficio empresarial (a través de establecimiento permanente)

28%

Ganancias de capital

0%

Intereses

15%

Royalties

10%

Dividendos

28%
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Tipo general

10%

Tipos reducidos

SÍ (5%)

¿Se prevén exenciones?

¿Grava las exportaciones?

NO
ARANCELES A LA IMPORTACIÓN
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO NO
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
INCENTIVOS FISCALES PARA INVERSIONES EXTRANJERAS

Vacaciones fiscales

NO

Desgravaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Exención en caso de reinversión de ganancias

Sistemas de amortización acelerada de activos

Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores

SÍ (no límite temporal)
CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN CON ESPAÑA NO
CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN CON OTROS PAÍSES
Entre ellos: Bélgica, Dinamarca, Francia, Hungría, Luxemburgo, Países Bajos, Suiza, Reino Unido  
NORMAS ANTI-ELUSIÓN  

Transparencia fiscal internacional

NO

Normas sobre precios de transferencia

Coeficiente de subcapitalización

NO
OTRAS NORMAS RELEVANTES  
NORMATIVA ESPECIAL SOBRE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS
NORMATIVA SOBRE CONTROL DE CAMBIOS
INCENTIVOS NO FISCALES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA
   

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