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>> Impuesto
de sociedades
Las
empresas extranjeras que operan en territorio saudí
están sujetas a un impuesto sobre sus beneficios
de tipo progresivo. La escala de gravamen es como sigue:
los primeros 100.000 riales de beneficio tributan a un 25%;
los siguientes 400.000, al 35%; los siguientes 500.000,
40%; y a partir de beneficios superiores el gravamen se
eleva al 45%. Para las explotaciones de hidrocarburos existe
un régimen tributario especial.
Desde
1975, los ciudadanos y empresas saudíes quedaron
exentos de pagar un impuesto sobre su renta y sus beneficios,
respectivamente, aunque se mantiene una tasa de carácter
religioso
-el llamado zakat- del 2,5% de estos montantes.
Formalmente
Arabia Saudí no posee un sistema de retenciones por
la repatriación de rentas. Sin embargo, existen determinados
pagos
-subcontrataciones, alquiler de equipos, minutas de gestión...-
a los que las autoridades fiscales suelen aplicar un tipo
de retención en la fuente de un mínimo del
15%. Los dividendos pueden repatriarse sin retención
alguna.
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Incentivos fiscales
El
gran atractivo de Arabia para las compañías
extranjeras es formar una joint-venture con alguna
compañía saudí. Si ésta última
posee al menos el 25% de capital del proyecto, la hacienda
concede unas vacaciones fiscales de hasta 10 años
de duración, si opera en el ámbito agrícola
o manufacturero, y de 5 años en otros sectores de
actividad.
Asimismo,
los proyectos que sean aprobados debidamente por las autoridades
económicas, están exentos de pagar tasas aduaneras
por las materias primas y la maquinaria que necesiten.
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Otros impuestos
Arabia
Saudí es un país con un sistema impositivo sumamente minimalista.
Tan sólo cabe reseñar las tasas aduaneras, que poseen un
tipo general del 12%, con excepciones del 20% para aquellas
industrias que el Gobierno quiere proteger por estar aún
en vías de desarrollo en el país. Productos básicos como
el arroz, el ganado o el maíz están exentos de tasas aduaneras.
Información
elaborada por
Manuel Pavón & Asociados
e-mail: info@mpavon-as.es
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