TRÁMITES ADUANEROS. Sistemas de inspección de
  preembarque
 


>> Una exigencia que da confianza
Las exportaciones a determinados estados de África, Latinoamérica y Asia y, de manera muy especial a la Federación Rusa, están sometidas a unos controles antes de embarque que tienen que realizar las compañías de control de mercancías o agencias de inspección que operan por todo el mundo.

Son los gobiernos de estos países los que impulsan este tipo de inspecciones de preembarque, dada la complejidad de los procesos de valoración y clasificación de sus importaciones y su carencia de medios técnicos y humanos necesarios para llevar a cabo tales comprobaciones. Los propios gobiernos o sus Bancos Centrales son los encargados de designar por concurso público las agencias que van a llevar a cabo estas inspecciones de preembarque.

Últimamente el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial también están apoyando la existencia de los controles de preembarque.

>> La Organización Mundial de Comercio (OMC)
La OMC comenzó a regular las actividades de las agencias de inspección de preembarque en 1996, tras los acuerdos de Marrakech, que fueron el colofón de la Ronda Uruguay del GATT (Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio). La normativa se aplicó con varios años de retraso, pues en 1989 la Cámara de Comercio Internacional ya solicitó una regulación general de estas actividades, ante las quejas presentadas por empresas afectadas por verificaciones antes de embarque.

Existe una organización subsidiaria del Consejo del Comercio de Mercancías de la OMC, la Entidad Independiente, que actúa como mediadora en los conflictos que surgen entre las partes implicadas en transacciones comerciales internacionales, realizando las denominadas inspecciones independientes.

>> Las agencias de inspección
Las agencias de inspección tienen la función de supervisar y controlar, en nombre de sus clientes, las transacciones comerciales internacionales y nacionales relacionadas con la compra, venta y tráfico de materias primas y mercancías. Son además las encargadas de emitir al final de cada procedimiento de control el denominado Certificado de Inspección.

En el desarrollo de su labor, las agencias deben respetar los plazos, fechas y lugares de inspección acordados con los exportadores y dar la oportunidad a éstos de presentar reclamaciones y dar opiniones por escrito. Asimismo, deben aceptar los precios de transacción -salvo demostración en contra- y tener en cuenta que los países importadores pueden aplicar sus propias normas de valoración y aceptarlas.