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El Gobierno de Iraq elabora al comienzo de cada una
de esas fases semestrales un documento denominado Plan de Distribución
cuyos anexos recogen la relación de mercancías humanitarias que
pretenden importar. Dicho Plan debe ser aprobado por el secretario
general de las Naciones Unidas. Una vez obtenida dicha aprobación,
los documentos se publican en la página web de las Naciones Unidas.
La adjudicación de los contratos para el suministro de esas mercancías
a las Gobernaciones del centro y el sur del país es competencia
del Gobierno de Iraq, cuyos ministerios
y empresas públicas convocan generalmente para ello, al comienzo
de cada fase, concursos públicos (en ocasiones invitaciones directas
dirigidas a empresas previamente registradas).
En la edición en papel de "El Exportador" se recoge un esquema
del funcionamiento del sistema. Cualquier información más detallada
sobre el funcionamiento de estas instituciones o el procedimiento
de exportación a Iraq puede solicitarse a la Oficina Económica
y Comercial de la Embajada de España en Bagdad, que además, dispone
de información sobre la mayoría de estos concursos. Cuando los
plazos de presentación de ofertas, habitualmente muy cortos (10-20
días), lo permiten, una copia de las especificaciones de los mismos
se remite desde la Oficina Comercial al ICEX para su difusión
a través del servicio BISE. Una relación de los concursos abiertos
en cada fase puede consultarse asimismo en la Dirección General
de Política Comercial e Inversiones Exteriores.
Si el exportador español resulta adjudicatario del concurso, una
vez firmada la consiguiente "purchase order", debe solicitar la
autorización de exportación del Comité 661 de las Naciones Unidas.
Para ello, tiene que dirigirse a la Dirección General de Relaciones
Económicas Internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores
de España, que llevará a cabo los trámites necesarios a través de
la Misión Permanente de España ante las Naciones Unidas.
El Comité 661 puede decidir autorizar la operación de exportación,
bloquearla o ponerla en "hold" a instancias de alguno de sus miembros con objeto
de solicitar aclaraciones ulteriores.
Una vez aprobada la solicitud de exportación, el Comité 661 informa
a las partes interesadas de que el exportador puede cobrar con cargo
a la cuenta de las Naciones Unidas para Iraq.
La llegada de los suministros a Iraq la confirman agentes independientes
designados a estos efectos por las Naciones Unidas, que deben informar
en un plazo de 24 horas al secretario general. El envío de las mercancías
puede realizarse con destino a 4 puntos de entrada en Iraq.
Una vez recibida la confirmación de los inspectores y la restante
documentación necesaria, el BNP de Nueva York, donde existe una
cuenta de las Naciones Unidas para Iraq, efectúa el pago, bajo control
del Comité 661.
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