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Una apuesta de futuro
Cuna de las antiguas civilizaciones de Mesopotamia,
Iraq cuenta con importantísimos recursos
naturales.
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Las
segundas mayores reservas de petróleo del mundo (112.000
millones de barriles según estimaciones de la US Energy
Information Agency); voluminosas reservas de gas natural,
aún sin explotar; yacimientos de fosfatos y sulfuros,
y un notable potencial agrícola (dispone de unas de
las mayores reservas acuíferas de la zona), convierten
a Iraq en una de las economías mejor dotadas de Oriente
Medio. |
Dichas riquezas, unidas a un volumen
de población de 23 millones de habitantes y a las ingentes
necesidades a las que se enfrenta el país como resultado
de las sucesivas guerras en las que ha participado en las
dos últimas décadas y de diez años de embargo económico
multilateral, permiten calificar a Iraq como el mercado
con mayor potencial de crecimiento a medio y largo plazo
en la región.

De
hecho, el indudable interés estratégico de este mercado
se pone de manifiesto al observar la creciente atención
que le prestan potenciales suministradores e inversores
extranjeros: existe una intensa competencia para tomar posiciones
de cara a un hipotético levantamiento del embargo que se
intuye cada vez más cercano. Y ello a pesar de que el acceso
a este mercado continúa
sin ser fácil.
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Debido
tanto a las dificultades de comunicación y a la grave
crisis económica interna como al, en ocasiones, lento
procedimiento de importación derivado del marco regulatorio
de las sanciones. |
>> Las oportunidades del
Programa "Petróleo por alimentos"
Tras los acontecimientos de 2 de agosto de 1990, el Consejo
de Seguridad de la ONU aprobó la Resolución 661. Esta Resolución,
complementada posteriormente por la Resolución 687, sometió
a Iraq a un embargo comercial multilateral que, a grandes
rasgos, estableció lo siguiente:
- prohibición
de cualquier exportación a dicho país, excepto
las de alimentos, medicinas, equipos médicos y
suministros esenciales para la población civil;
- necesidad
de aprobación de cada operación de exportación
a Iraq por un Comité especialmente creado para
esta función;
- prohibición
a los restantes Estados Miembros de importar productos
iraquíes;
- congelación
de los activos financieros iraquíes en el exterior.
Las
resoluciones establecieron asimismo que la condición indispensable
para el levantamiento de las sanciones sería que Iraq cumpliese
satisfactoriamente, según los informes de los expertos designados
por las Naciones Unidas a tal efecto, con sus obligaciones
de desarme.
Este marco regulatorio limitaba casi por completo la capacidad
de Iraq para generar los recursos financieros necesarios
para la adquisición de los bienes cuya importación le estaba
permitida. Ante el alarmante deterioro de la situación humanitaria,
el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la
Resolución 986, que al permitir a Iraq vender determinadas
cantidades de crudo y utilizar parte de los fondos así obtenidos
para adquirir determinados bienes, solucionó parcialmente
el problema de la financiación de las importaciones. Tras
largas negociaciones con el Gobierno de Iraq, este nuevo
sistema entró finalmente en vigor en diciembre de 1996.
El régimen establecido por las Resoluciones 986 y siguientes,
conocido en ocasiones como sistema "Petróleo por alimentos",
supone una excepción al régimen general del embargo. En
virtud de este sistema las Naciones Unidas autorizan al
Gobierno de Iraq a vender cada seis meses una determinada
cantidad de petróleo.
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