Malta no prevé
un sistema de imposición separado para las personas jurídicas,
que están sujetas al mismo Impuesto sobre la Renta que los
individuos. El régimen tributario, cuya principal ley data
de 1948, está inspirado en el sistema británico.
Se considera que una sociedad es residente en Malta,
y debe por lo tanto estar sujeta al Impuesto sobre la Renta, cuando
ha sido constituida allí. Las empresas constituidas en el
extranjero se consideran residentes cuando su control efectivo y
su gestión se desarrollan en el interior del país,
o cuando deban considerarse residentes a tenor de lo dispuesto por
los convenios de doble imposición suscritos por Malta con
otros estados.
Como es habitual, las sociedades residentes están
sujetas al impuesto por la totalidad de sus rentas, con independencia
de su origen, mientras las no residentes tributan, siempre a salvo
de lo previsto en los convenios de doble imposición, por
las rentas obtenidas en Malta y por las obtenidas en el extranjero
y percibidas en el territorio nacional.
Desde 1994, el beneficio gravable obtenido por una
sociedad residente en Malta se divide en dos categorías,
según provenga de fuentes nacionales o del extranjero, incluyéndose
en este segundo grupo los ingresos procedentes de establecimientos
permanentes situados en el extranjero. Una tercera categoría
agrupa los ingresos exentos de tributación.
La distinción de estos tres grupos de rentas
es necesaria de cara a practicar posteriormente las deducciones
por doble imposición.
La base imponible se calcula a partir de las cuentas
anuales presentadas por la entidad, una vez hechos los ajustes que
en su caso correspondan si existen rentas exentas de tributación
o gastos contabilizados fiscalmente no deducibles.
Gastos
deducibles
Son deducibles
para la determinación de la base imponible los gastos exclusivamente
relacionados con la obtención de ingresos, incluyendo por
ejemplo pagos de intereses, contribuciones a fondos de pensiones
o gastos de promoción. Es de destacar que ciertos gastos
en I + D son deducibles en un 120%.
En cuanto a
la deducibilidad fiscal de la amortización de los activos,
se admite en el caso de edificios, estructuras o maquinaria industrial.
En el caso de edificios y estructuras industriales, es deducible
en el primer año un 10% adicional sobre el porcentaje anual
normal, que se calcula sobre porcentajes lineales que varían
dependiendo del tipo de activo.
Las ganancias
de capital son gravadas en el ejercicio en que se obtienen, aunque
ciertas ganancias, como las derivadas de la venta de valores cotizados
en la Bolsa maltesa, los canjes de valores y las transferencias
de activos en fusiones y escisiones, están exentas.
Las pérdidas
ordinarias derivadas de la actividad social pueden ser compensadas
con los beneficios del mismo ejercicio y con los de los ejercicios
posteriores, sin límite temporal alguno. Las pérdidas
de capital, por el contrario, sólo pueden compensarse con
ganancias de capital, del mismo ejercicio o de los posteriores.
El tipo de gravamen
es el 35%, con independencia de que los beneficios sean finalmente
distribuidos al socio o no.
En cuanto a
la distribución de dividendos al socio, en Malta opera un
sistema de imputación total, tanto para los socios residentes
como para los no residentes, no deduciéndose cantidad alguna
como withholding tax. El socio receptor del dividendo integra
en su base imponible el dividendo bruto, incluyendo el impuesto
pagado por la sociedad y, tras calcular su impuesto personal, se
deduce el impuesto pagado por la sociedad.
Ciertos ingresos
percibidos por sujetos pasivos residentes en Malta, como intereses
pagados por bancos, por el Estado o por entidades públicas,
o algunas ganancias de capital, sí están sujetos a
un withholding tax del 15%. Este importe retenido se considera
un impuesto final para el socio.
Los royalties
e intereses pagados a sujetos no residentes tampoco están
sujetos a retención.
| 1 | 2 |
|