En portada
Empresas
Mundo
Mercados
En cifras
Libros
¿Sabía usted?
Suscripción
edición papel
Newsletter
Archivo
Buscar
Contacte con
nosotros



FISCALIDAD
Inspiración británica | 1 | 2 |

Malta no prevé un sistema de imposición separado para las personas jurídicas, que están sujetas al mismo Impuesto sobre la Renta que los individuos. El régimen tributario, cuya principal ley data de 1948, está inspirado en el sistema británico.

Se considera que una sociedad es residente en Malta, y debe por lo tanto estar sujeta al Impuesto sobre la Renta, cuando ha sido constituida allí. Las empresas constituidas en el extranjero se consideran residentes cuando su control efectivo y su gestión se desarrollan en el interior del país, o cuando deban considerarse residentes a tenor de lo dispuesto por los convenios de doble imposición suscritos por Malta con otros estados.

Como es habitual, las sociedades residentes están sujetas al impuesto por la totalidad de sus rentas, con independencia de su origen, mientras las no residentes tributan, siempre a salvo de lo previsto en los convenios de doble imposición, por las rentas obtenidas en Malta y por las obtenidas en el extranjero y percibidas en el territorio nacional.

Desde 1994, el beneficio gravable obtenido por una sociedad residente en Malta se divide en dos categorías, según provenga de fuentes nacionales o del extranjero, incluyéndose en este segundo grupo los ingresos procedentes de establecimientos permanentes situados en el extranjero. Una tercera categoría agrupa los ingresos exentos de tributación.

La distinción de estos tres grupos de rentas es necesaria de cara a practicar posteriormente las deducciones por doble imposición.

La base imponible se calcula a partir de las cuentas anuales presentadas por la entidad, una vez hechos los ajustes que en su caso correspondan si existen rentas exentas de tributación o gastos contabilizados fiscalmente no deducibles.

 Gastos deducibles
Son deducibles para la determinación de la base imponible los gastos exclusivamente relacionados con la obtención de ingresos, incluyendo por ejemplo pagos de intereses, contribuciones a fondos de pensiones o gastos de promoción. Es de destacar que ciertos gastos en I + D son deducibles en un 120%.

En cuanto a la deducibilidad fiscal de la amortización de los activos, se admite en el caso de edificios, estructuras o maquinaria industrial. En el caso de edificios y estructuras industriales, es deducible en el primer año un 10% adicional sobre el porcentaje anual normal, que se calcula sobre porcentajes lineales que varían dependiendo del tipo de activo.

Las ganancias de capital son gravadas en el ejercicio en que se obtienen, aunque ciertas ganancias, como las derivadas de la venta de valores cotizados en la Bolsa maltesa, los canjes de valores y las transferencias de activos en fusiones y escisiones, están exentas.

Las pérdidas ordinarias derivadas de la actividad social pueden ser compensadas con los beneficios del mismo ejercicio y con los de los ejercicios posteriores, sin límite temporal alguno. Las pérdidas de capital, por el contrario, sólo pueden compensarse con ganancias de capital, del mismo ejercicio o de los posteriores.

El tipo de gravamen es el 35%, con independencia de que los beneficios sean finalmente distribuidos al socio o no.

En cuanto a la distribución de dividendos al socio, en Malta opera un sistema de imputación total, tanto para los socios residentes como para los no residentes, no deduciéndose cantidad alguna como withholding tax. El socio receptor del dividendo integra en su base imponible el dividendo bruto, incluyendo el impuesto pagado por la sociedad y, tras calcular su impuesto personal, se deduce el impuesto pagado por la sociedad.

Ciertos ingresos percibidos por sujetos pasivos residentes en Malta, como intereses pagados por bancos, por el Estado o por entidades públicas, o algunas ganancias de capital, sí están sujetos a un withholding tax del 15%. Este importe retenido se considera un impuesto final para el socio.

Los royalties e intereses pagados a sujetos no residentes tampoco están sujetos a retención.

| 1 | 2 |