N.52
Abril 2002
 
 





     
  Finlandia  
Fiscalidad  
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Marruecos
 

 

Existen incentivos fiscales para las inversiones de las pyme en las zonas menos desarrolladas del país

 

  FISCALIDAD. Aspectos fiscales de la inversión  


Las personas jurídicas residentes en Finlandia están sujetas, por su renta neta mundial, a un impuesto sobre beneficios (Yhteisön tulovero; samfunds inkomstskatt) que establece un tipo de gravamen general del 29%, aunque existe un tipo reducido para ciertas compañías. La gestión se efectúa mediante un sistema de pagos a cuenta mensuales, y una declaración-liquidación una vez finalizado el período impositivo, que coincide generalmente con el año natural.

El beneficio gravable se determina separadamente para cada categoría de ingresos, distinguiéndose beneficio empresarial, beneficio de actividades agrícolas y forestales, y otros ingresos. Se admite la deducción de los gastos en que haya incurrido la sociedad para obtener los beneficios.

En cuanto a los beneficios de inversiones (BIN´s) obtenidos en períodos anteriores, se permite su compensación durante los 10 años siguientes. Este derecho a la compensación se pierde si más del 50% de las acciones en la sociedad que generó las BIN´s cambian de propietario durante ese período de 10 años. Sin embargo, las autoridades permiten la compensación en este supuesto, siempre que sea necesario para que la entidad pueda continuar sus actividades. Del mismo modo, existe un tratamiento especial para las BIN´s en las operaciones de fusión y escisión de sociedades.

Se permite la amortización acelerada, con un incremento del 50% sobre el porcentaje normalmente admitido, para las inversiones efectuadas por las pequeñas y medianas empresas en activos fijos en las zonas menos desarrolladas del país (la mayoría de las situadas al norte y al este). Se consideran pyme aquéllas que dispongan de menos de 250 empleados y tengan una facturación inferior a 20 millones de euros. Además, es posible obtener la devolución del impuesto que gravó la transmisión del elemento que da derecho a esa amortización acelerada.

En cuanto a los grupos de sociedades, no existe propiamente un régimen de consolidación fiscal, aunque se establece un sistema por el cual las sociedades pertenecientes a un mismo grupo pueden transferir su beneficio a su matriz o a otra sociedad del grupo, de modo que la aportación se considera gasto deducible para la aportante y se añade al beneficio gravable obtenido por la compañía que recibe la aportación.

Los beneficios distribuidos a sociedades residentes en Finlandia no están sujetos a retención.

En cuanto a los dividendos percibidos por entidades residentes y procedentes del extranjero, están exentos siempre que la sociedad finlandesa posea al menos el 10% de los derechos de voto o el 25% del capital de la compañía que reparte el dividendo, y ésta resida en un país con convenio de doble imposición. En otro caso, se prevé un método de deducción del impuesto extranjero que permite evitar la doble imposición.

>> Otros tributos
Las sociedades residentes están sujetas a un impuesto sobre su patrimonio, cuyo tipo impositivo es el 1%. Existe además un impuesto sobre los bienes inmuebles cuyo tipo impositivo varía entre el 0,5% y el 3%.

Por su parte, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) sigue el sistema aplicado por el resto de países de la Unión Europea. Únicamente conviene destacar que no están obligadas a repercutir el impuesto las pequeñas empresas que facturen menos de 8.409 de euros, así como que el tipo general del impuesto es del 22%, existiendo tipos reducidos del 8% y 17%.

>> Imposición de entidades no residentes en Finlandia
Las sociedades no residentes están sujetas al mismo impuesto que las residentes por sus ganancias de fuente finlandesa. Así, rendimientos y ganancias procedentes de inmuebles, beneficio empresarial, y dividendos, intereses y royalties obtenidos a través de un establecimiento permanente resultan gravados al mismo tipo aplicable para residentes. Si las rentas se obtienen sin mediación de establecimiento permanente, están sujetas a un withholding tax, cuyo tipo de gravamen depende de la renta obtenida. Así, para el caso de dividendos se aplica una retención del 29%, aunque Finlandia ha incorporado la normativa europea a través de la que es posible percibir los dividendos sin que sea aplicable withholding tax a su salida de Finlandia, siempre que perciba el dividendo una sociedad residente en la UE que posea el 25% de la entidad pagadora del dividendo. Por lo que se refiere al cobro de intereses procedentes de Finlandia, está generalmente exento de retención. En cuanto a los royalties, se gravan al 29%.

El withholding tax aplicable se reduce sustancialmente si el perceptor de las rentas reside en un país con el que Finlandia ha suscrito Convenio de Doble Imposición. Así, España ha suscrito con Finlandia un tratado de ese tipo, con lo que los royalties percibidos por sociedades españolas y pagados por residentes en Finlandia se gravan a un tipo de tan sólo el 5%.

Información elaborada por Fidinam Consulting (España) SA
e-mail: fidinam@fidinam.es

I M P U E S T O S

   

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
TIPO IMPOSITIVO GENERAL

29%

   

NO RESIDENTES. TIPO IMPOSITIVO

 

Beneficio empresarial

29%

Ganancias de capital

0%

Intereses

0%

Royalties

29%

Dividendos
29%

¿Aplicable Directiva Matriz - Filial en reparto de dividendos?

SI

   

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

SI

Tipo general

22%

Tipos reducidos

8/17%

¿Se prevén exenciones?

SI

¿Mínimo exento?
NO

¿Grava las exportaciones?

NO

   

ARANCELES A LA IMPORTACIÓN

SI

   
OTROS IMPUESTOS SOBRE LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN FINLANDIA
NO
   

INCENTIVOS FISCALES

SI

Sistema de amortización acelerada

SI

Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores

SI

   
CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN CON ESPAÑA
SI
   
CONVENIOS CON OTROS PAÍSES
SI
Entre otros: Austria, Bélgica, Dinamarca, Holanda, Luxemburgo, Reino Unido, Suiza
.
   

NORMAS ANTI-ELUSIÓN

Transparencia fiscal

NO

Normas sobre precios de transferencia
SI

Coeficiente de subcapitalización

NO

   
OTRAS NORMAS RELEVANTES
       

NORMATIVA ESPECIAL SOBRE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS

SI

   

NORMATIVA SOBRE CONTROL DE CAMBIOS

NO

   

INCENTIVOS NO FISCALES A LA INVERSIÓN EXTRANJERA

SI