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OPINIÓN
¿Qué medidas considera más convenientes para proteger la propiedad industrial?

             

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


“Establecer y proteger los derechos”
 
Miguel Ángel Martínez Olagüe, director de desarrollo corporativo del Grupo GMV
Para un conjunto de empresas como el que forma el Grupo GMV, caracterizadas por proporcionar servicios de ingeniería y soluciones con un alto valor añadido en términos de desarrollo e innovación tecnológica, el patrimonio intelectual del grupo constituye un activo fundamental. Hay que establecer claramente los derechos de propiedad intelectual derivados de contratos de desarrollo y proteger formalmente dichos derechos frente a terceros. Patentes, modelos de utilidad y registro de la propiedad intelectual son las herramientas de que disponemos para ello. En este sentido, nuestra primera preocupación está en evitar que terceros copien nuestras ideas. Un segundo aspecto, por desgracia más difícil de garantizar con dichas herramientas, es evitar que terceros intenten explotar nuestra propiedad intelectual, en este sentido todo indica que debemos confiar más en nuestra capacidad competitiva como empresa que en el amparo del marco regulador o legislativo.


“Atención a distribuidores desaprensivos”
 
Fernando Sabido García, director general del área de servicios generales de Laboratorios INDAS
La propiedad intelectual e industrial goza en España de una adecuada protección desde el punto de vista normativo. Prevé un régimen de acciones legales para proteger al titular de los derechos de propiedad intelectual e industrial. A nuestro juicio, esta protección se refuerza con la sanción penal de ciertas conductas, así como con la aplicación de normas civiles que tienen relación con esta materia. Sin embargo, es en el ámbito exterior donde debe avanzarse en esa protección. En ese ámbito observamos menos seguridad jurídica. También debe avanzarse en la protección contra distribuidores desaprensivos, que mantienen contactos previos con la empresa española exportadora, registran el nombre del producto español en el país de destino, sede del distribuidor, y luego “presionan” a la empresa española para obtener mejores condiciones, con el argumento de que en el país de destino ese producto, con esa marca, está registrado a favor del distribuidor local.


“Alentar a las pyme para defender su propiedad intelectual”
 
Iker Fernández, director de exportación de Helios
Las medidas para defender la propiedad intelectual serían: alentar a las pyme a utilizar de manera más eficaz la propiedad intelectual, como parte de sus estrategias comerciales. Fomentar una mayor utilización del sistema de propiedad intelectual por las pyme. Fortalecer la capacidad de los gobiernos nacionales de elaborar estrategias, políticas y programas que satisfagan las necesidades de propiedad intelectual de las pyme. Mejorar la capacidad de las instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil, tales como las asociaciones comerciales e industriales, para prestar a las pyme servicios relacionados con la propiedad intelectual. Suministrar información amplia y asesoramiento básico sobre cuestiones de propiedad intelectual, por conducto de Internet, a las organizaciones de apoyo a las pyme existentes en el mundo entero. La introducción a los conceptos de propiedad intelectual desde una perspectiva comercial. La gestión de la propiedad intelectual para lograr un éxito comercial. El uso de datos sobre patentes y marcas como fuente de información tecnológica y comercial. La explotación de los activos de propiedad intelectual mediante la concesión de licencias y franquicias, y la creación de consorcios tecnológicos y empresas mixtas.


“Informar al consumidor”
 
Armand Basi, presidente de Basi
En el ámbito de la propiedad industrial, la principal medida de protección es, sin duda, el registro de las marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Ante la infracción de los derechos de los titulares de las marcas, como por ejemplo la falsificación, es importante informar al consumidor acerca de estos actos ilícitos que afectan a la imagen de las marcas. Asimismo, es necesaria una estrecha colaboración con las fuerzas de seguridad nacionales e internacionales, y que se cumplan las medidas que la actual Ley de Marcas prevé.





“Proteger la web”
 
José Mª Hernández, vicepresidente internacional de expansión de Panda Software

Un elemento importante a proteger es la página web, ya que en definitiva, es la representación de la empresa en Internet. Aquí, por un lado, es aconsejable solicitar la autorización escrita para la inclusión de elementos de terceros, salvo que sean de dominio público, y por otro, para las web creadas para la empresa por terceros ajenos a ésta, conviene regular en contrato la cesión de los derechos que se consideren necesarios. Respecto al software, éste se protege habitualmente mediante derechos de autor. Cuando en la realización del programa haya intervenido un tercero ajeno a la empresa, será necesario regular en contrato la cesión de derechos de propiedad intelectual a aquella. Para obtener protección de invenciones, marcas y diseños, se deben tramitar los correspondientes registros en las respectivas oficinas nacionales, pero sin olvidar la posible conveniencia de solicitar protección en otros países distintos de aquel en el que la empresa desarrolla su actividad principal.


“Dar importancia a la creación”
 
Joan Lao, diseñador de mobiliario
Existen dos tipos de empresas: las que investigan e intentan ofrecer al mercado un producto que pretende conseguir una aportación social sólida y las que van desesperadamente copiando todo lo que pueden con el único objetivo de incrementar su facturación. Éstas últimas, muchas veces pierden más el tiempo intentando saber qué hacen los demás que creando un producto propio que realmente interese.
Soluciones:
- Que las empresas se preocupen más por crear su propio producto y que, por tanto, le otorguen la importancia suficiente al proceso de investigación y al de creación.
- Que haya una mayor protección jurídica de los modelos registrados por su autor.


“Registro e información”
 
Àngels Rosell, directora de exportación de Pielsa
La propiedad intelectual es importante para la empresa ya que es el resultado del reconocimiento del esfuerzo creativo. Este esfuerzo debe recompensarse mediante, por ejemplo, el pago de los derechos de autor. Para ello es necesario el registro de todo lo que queremos proteger, pero también que existan los medios para que los demás conozcan lo que está protegido, durante cuánto tiempo y en qué territorio.






 

“Mayor protección jurídica”
 
Alberto Roca Vers, gerente de Elisa
En España la medida más importante y eficaz sería que el Código Penal sufra una pequeña modificación en la definición de delito contra la propiedad intelectual, que no incluya la exigencia de dolo reforzado y afán de lucro que se interpreta por los tribunales como una intención consciente y manifiesta de defraudar, pues en la práctica, resulta casi imposible demostrar esta actitud doblemente dañosa del acusado.
La ineficacia de la Justicia en estos casos anima a los copiones a seguir copiando. Pienso que sería bueno para España que la Justicia protegiera eficazmente la creación intelectual pues es una auténtica generadora de riqueza. En Francia, por ejemplo, la protección del derecho sobre la propiedad intelectual se halla totalmente amparada por la ley, lo que en la práctica ha conseguido que raramente haya personas que decidan hacer copias.