| LEGISLACIÓN.
Una legalidad favorable para la empresa extranjera |
|
|
Debido en gran medida a esta adhesión, prevista para el 2004, como miembro de pleno derecho a la UE, la promulgación de nuevas leyes en Polonia es constante. Esta armonización de la legislación polaca con la comunitaria crea un ambiente propicio para las inversiones de empresas europeas en este país, no sólo por su similitud, sino también por la seguridad jurídica con la que se amparan las inversiones en esta nación. En lo que respecta a las relaciones hispano-polacas, se constituyó el 20 de octubre de 2000 en Madrid la Asociación Empresarial Hispano-Polaca, que nació con la finalidad principal de fomentar las relaciones económicas y comerciales entre los dos países. >>
Propiedad intelectual e industrial
Es importante saber que todos los documentos que se aporten y que no estén en polaco, deberán ser refrendados por la embajada polaca o bien por el consulado, siendo obligatoria la traducción jurada. Con arreglo a la Ley de 19 de noviembre de 1999 sobre actividad económica, las empresas extranjeras podrán crear sucursales y oficinas de representación en Polonia. El 1 de abril de 2001 entró en vigor la Ley de Competencia y Protección del Consumidor del 15 de diciembre de 2000. Esta normativa incrementa el control sobre las fusiones y los límites requeridos para la notificación previa de la Oficina de Defensa de la Competencia y Protección de los Consumidores. La nueva normativa obliga a notificar todas las fusiones de multinacionales a esta oficina siempre y cuando una de las empresas desarrolle su actividad comercial en Polonia, tenga su red de distribución o una sucursal en el país. En el ámbito contable, el 1 de enero de 2002 entró en vigor la Ley sobre Modificación de la Ley de Contabilidad de 9 de noviembre de 2000 que ha supuesto una clarificación del sistema de contabilidad empresarial. >>
Novedades legislativas del derecho de sociedades Con referencia a los derechos de autor, la reforma de junio de 2000 de la ley de 1994 ha ampliado el objeto de la norma a nuevos campos y se ha aumentado el período de protección de la ley, ampliándose a 70 años contados desde la muerte del autor y hasta 70 años para los derechos de distribución en caso de que pertenezcan a un tercero, tanto para autores polacos como para extranjeros. Con esta reforma,
el legislador polaco ha pretendido frenar la piratería, y de
paso, facilitar el mecanismo de compensación general de las pérdidas
causadas por la reproducción de uso individual a los autores
de las obras. |
|