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¿Qué piensa cuando escucha la palabra Kioto? Seguro que la primera idea que le ha venido a la cabeza tiene que ver con el medio ambiente, y de ello es responsable el Protocolo de Kioto, texto elaborado en 1997 en esa preciosa ciudad japonesa y que tiene por objetivo evitar en lo posible el cambio climático.
Sin embargo, otras iniciativas paralelas que acaparan menos la atención de los medios de comunicación están plenamente en marcha desde hace años y gozan de reconocimiento internacional.
En 1992 la entonces CEE en su conjunto decidió crear un programa de etiqueta ecológica para promover los productos que tuvieran un efecto ambiental reducido durante todo su ciclo de vida y proporcionar a los consumidores información exacta, no engañosa y con base científica sobre la repercusión ambiental de los productos.
Para llevar a cabo el programa se fundó en 2000 el Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea (CEEUE), que aglutina a representantes de los organismos competentes, de organizaciones empresariales, de sindicatos, de comercios minoristas, de asociaciones de defensa del medio ambiente y de organizaciones de consumidores. Este comité tiene entre sus tareas, fundamentalmente, definir las categorías de productos para las que es necesario establecer unos criterios medioambientales y concretar esos criterios.
Categorías de productos
Para definir una categoría de productos, el CEEUE tiene en cuenta los siguientes puntos: que representen un volumen significativo de ventas y comercio en el mercado interior; que tengan un impacto ambiental importante en una o más fases de su ciclo de vida; que presenten un potencial significativo para mejorar el medioambiente a través de la opción de los consumidores; y que destinen una parte significativa de su volumen de ventas al uso o consumo final.
Veámoslo con un poco más de detalle:
- Primero el CEEUE evalúa tanto la incidencia de la categoría en el mercado de la Unión como si existen diferencias funcionales entre tipos de productos.
- Posteriormente, se identifican en todas las fases del ciclo de vida del producto los aspectos ambientales clave respecto de los cuales deban fijarse criterios objetivos de acuerdo con métodos y normas reconocidos internacionalmente.
- El comité cuantifica la disminución del impacto en el medio ambiente que supondría la aplicación de estos criterios y la viabilidad técnica, industrial y económica de los cambios que sería necesario introducir en las estructuras productivas y comerciales para llevarlos a la práctica.
- Y también considera si los consumidores favorecerán el uso de un producto que cumpla estos criterios frente a otro que no los cumpla.
Tras todas estas consideraciones el comité establece una propuesta definitiva de criterios que eleva a la Comisión Europea para que ésta lo plasme en forma de decisión.
Las categorías y los criterios son aprobados mediante decisiones de la Comisión Europea y tienen una vigencia que suele oscilar entre 3 y 5 años.
La responsabilidad del CEEUE termina en la definición de categorías y criterios y en la revisión de esos criterios. La gestión del programa corre a cargo de cada estado miembro, siempre dentro de su territorio nacional; en el caso de España está descentralizado y es competencia de las Comunidades Autónomas.
Direcciones útiles en España para tramitar solicitudes de la etiqueta
(En la edición en papel de El Exportador, en la página 67, se pueden consultar la dirección postal y los números de teléfono y fax de estos organismos.)
El producto a examen
Una empresa que quiera estampar en alguno de sus productos la etiqueta ecológica, debe primero verificar que el producto pertenece a alguna de las categorías existentes. De ser así, dirigirá una solicitud por escrito al organismo correspondiente acompañada de la documentación necesaria.
El organismo competente valora una serie de aspectos medioambientales en todas las fases del ciclo de vida del producto. Además, se exige para la concesión de la etiqueta ecológica que el sometimiento de los productos a los requisitos no merme su eficacia en comparación con la de los productos convencionales.
Si el producto cumple todos los requisitos, se firma un contrato entre el órgano competente y la empresa con validez en todo el territorio de la UE por el cual la empresa queda facultada a utilizar el símbolo distintivo, la flor, en el producto evaluado y en las condiciones estipuladas en el contrato.
Los costes que esto supone a las empresas son variables, según aprecia Salvador Samitier i Martí, jefe del servicio de calidad ambiental de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Generalitat de Cataluña, "en general adecuarse a la flor no supone grandes inversiones pero sí es necesario un trabajo constante en términos de I+D para irse adaptando a las revisiones periódicas".
Los expertos comentan…
Beneficios para el exportador
Hasta aquí hemos hablado de cánones y de exigencias a los productos. Ya es hora de hablar de beneficios para la empresa.
“La calidad y exigencia del producto le da un valor añadido. Es un producto difícil de obtener y muy exclusivo”, manifiesta convencido Enrique Chinarro, responsable del departamento de calidad y medio ambiente de Landecolor, S.A.
“La ecoetiqueta europea representa calidad respetuosa con el medio ambiente. Además, este sistema fomenta la adopción de métodos de producción más eficaces, que evitan vertidos y emisiones, minimizan residuos y facilitan el reciclaje, con lo que se ahorran costes de gestión en la producción” asegura Carmen Jiménez Navarro, jefa de sección de promoción ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
En algunos países de la UE-15 los consumidores están muy concienciados con la protección de la naturaleza y un producto que no se adapte a unos mínimos requerimientos mediombientales tiene poco futuro en los comercios. Aunque, no nos dejemos engañar, en estos países hay pocas concesiones de ecoetiqueta europea porque los fabricantes suelen preferir sus sistemas nacionales para los productos de consumo interno. Para competir sólo queda llevar el distintivo reconocido en toda la UE, que es la flor.
“En países como Alemania y los países nórdicos, la implantación llega a tales extremos que para la venta de un producto se exige una certificación medioambiental. Esto es así, porque el mercado ha convertido la marca voluntaria en requisito obligatorio” precisa Andrés Blázquez, director de certificación de producto de AENOR.
Y si esto no fuera interesante de por sí, la etiqueta ecológica europea está reconocida por la Global Ecolabelling Network que coordina a 26 organizaciones de etiquetado ecológico de todo el mundo.
El sector turístico
Salvador Samitier i Martí señala que “aunque no existe una gama de productos donde la ecoetiqueta sea más o menos adecuada, la experiencia está demostrando que el sector turístico se muestra mucho más sensible al ecoetiquetado.”
En España sólo hay dos establecimiento turísticos que hayan obtenido la etiqueta ecológica, el hotel Sunwing Resort Arguineguin en Gran Canaria y la masía Mas Fusellas en la provincia de Gerona.
Joan Comas Serra, propietario de Mas Fusellas nos confiesa que “la masía ya poseía la Q de calidad ambiental que otorga la Generalitat de Cataluña y, dado que cumplíamos con la mayoría de los criterios, decidimos solicitar la etiqueta ecológica europea.”
Y añade, “en términos de inversión, el esfuerzo fue muy importante, debido al poco volumen de negocio y al hecho de tener que implantar una instalación fotovoltaica de producción energética, aunque pudimos acogernos a las diferentes ayudas económicas de las instituciones.”
Tomás Massanet Font, director general de Hoteles Sunwing España, por su parte, apunta que “en los hoteles de nueva construcción la inversión es mínima, ya que en general los requisitos exigidos ya están contemplados en algunas normativas nacionales y comunitarias”.
Con todo lo expuesto, y en coincidencia con el comentario de Salvador Samitier, podemos concluir, por un lado que la ecoetiqueta es un motor de innovación para las empresas que consideran vital competir en calidad y, por otro, que la producción sostenible ya es una oportunidad de diferenciación con los competidores.
Deshojar la margarita
Documentación
Sistema de ecoetiqueta europea
Reglamento CE/1980/2000, de 17 de julio, relativo a un sistema comunitario revisado de concesión de etiqueta ecológica
Decisión de la Comisión de 10 de noviembre de 2000 relativa a un contrato tipo sobre las condiciones de utilización de la etiqueta ecológica comunitaria
Notificada con el número C(2000) 3278
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