El concepto de riesgo
medioambiental ha sido tradicionalmente asumido por determinados sectores,
como la industria nuclear, pero el reciente establecimiento de legislación
al respecto y el impulso de un marco de responsabilidad social corporativa
supone el punto de inicio para su incorporación por otros sectores.
Los riesgos relacionados
con el funcionamiento habitual de una empresa o con el uso de determinados
productos peligrosos son fácilmente previsibles y evitables. En
cambio, los riesgos relacionados con situaciones excepcionales asociados
a la financiación de proyectos o a la internacionalización
empresarial son más difíciles de prever y sus consecuencias
más graves.
En este sentido, la
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico
señala que las empresas deben:
- Proteger el medio
ambiente.
- Contribuir al
desarrollo sostenible.
- Proporcionar información
sobre las posibles consecuencias de sus actividades.
- Y tomar medidas
para evitar el daño ecológico en caso de riesgo.
Responsabilidad ambiental
A lo largo
de los últimos años, se han desarrollado en el ámbito
internacional y comunitario diferentes disposiciones tendentes a regular
las obligaciones de reparación del medio ambiente por los daños
causados y las responsabilidades subsidiarias derivadas de éstos.
En España destaca
la Ley 10/1998 de 21 de abril de Residuos que regula específicamente
las responsabilidades derivadas de la gestión de residuos peligrosos
y la contaminación de suelos.
Con respecto a Europa,
la aprobación de la propuesta de Directiva IP/02/127 de 23 de enero
de 2002 permitirá cambiar el panorama actual de control de riesgos,
ya que la responsabilidad inicial de corregir el daño causado competirá
al operador responsable y no al contribuyente. No obstante, la Eurocámara
contempla la posibilidad de excepciones, en el caso de catástrofes
inevitables.
Controlar el riesgo medioambiental a través de la financiación
Ante la
creciente presión social, diez grandes grupos bancarios mundiales
han acordado ceñirse a estándares internacionales de medio
ambiente e impacto social a la hora de financiar cualquier tipo de infraestructuras.
Estos estándares, desarrollados por la Corporación Financiera
Internacional, evitan que las inversiones bancarias se encaminen hacia
proyectos que dañen el medio ambiente.
Sin embargo, éste
no es el único movimiento que el sector financiero está
realizando al respecto:
- El Banco Interamericano
de Desarrollo anunció como requisito para sus préstamos
una descripción del posible efecto sobre el medio ambiente.
- Y en España
la Estrategia de Cooperación en Medio Ambiente exige que los
proyectos orientados al desarrollo de terceros países vayan acompañados
de una evaluación ambiental.
En esta misma
línea, el Nuevo Acuerdo Internacional de Basilea es el principal
referente a la hora de evaluar el grado de desarrollo en la gestión
del riesgo por las entidades financieras. Basilea II insiste en que la
evaluación de riesgos debe ser conservadora, sobre todo en las
áreas donde existan más dudas, incluso evaluando factores
de riesgo del horizonte futuro.
Herramientas de prevención de riesgos
Independientemente
del control ejercido por las financieras, existen herramientas específicas
para la prevención del riesgo en proyectos de internacionalización
y comercio exterior:
- La Directiva europea
96/82/CE se aplica a las instalaciones industriales en el control de
los riesgos medioambientales inherentes a los accidentes graves en los
que intervengan sustancias peligrosas. Cualquier proyecto realizado
en países de la Unión Europea debe cumplir con estas obligaciones.
- A escala internacional,
la International Organization for Standardization aprobó a finales
de 2001 el estándar de evaluación medioambiental de emplazamientos
y organizaciones que normaliza el concepto de riesgo medioambiental.
Establece la recomendación de evaluar las consecuencias ambientales
de las actividades empresariales y facilita un conjunto de pautas de
referencia a utilizar en las transacciones económicas.
- Asimismo, en España,
la Asociación Española de Normalización y Certificación
aprobó la norma experimental de análisis y evaluación
del riesgo medioambiental.
Los seguros medioambientales
La contratación
de seguros medioambientales y de servicios de consultoría externa
constituye una opción muy ventajosa a la hora de afrontar la gestión
de riesgos medioambientales en operaciones internacionales. Entre los
diferentes tipos de seguros destacan:
- Seguros
de limitación:
enfocados a cubrir aquella parte de la limpieza ecológica que
ha superado el gasto previsto por la empresa.
- Seguros
de riesgo finito:
cubren gastos imprevistos en un horizonte temporal a medio y largo plazo.
- Seguros
de capital contingente:
destinados a cubrir las indemnizaciones en caso de desastre producido
por una catástrofe.
Algunas aseguradoras
amplían estos servicios, ofreciendo cobertura de riesgos ambientales
asociados a nuevos proyectos y a operaciones empresariales. En nuestro
país, la Compañía Española de Seguro a la
Exportación ha desarrollado Ecocheck una herramienta que permite
valorar el impacto medioambiental de cualquier proyecto.
Evaluación de riesgos medioambientales
Aunque no
existe unanimidad en los métodos para la evaluación de riesgos
medioambientales asociados a proyectos, el proceso de evaluación
tiene las siguientes fases:
- Diseño
del análisis:
recopilación de información de la actividad comercial
e instalaciones.
- Análisis
de riesgo: en este proceso se identifican, analizan y tipifican
los peligros, estimando el riesgo asociado según su probabilidad
y consecuencias.
- Evaluación
del riesgo: con los datos obtenidos se cuantifica el riesgo,
se emite un juicio sobre su tolerabilidad y se proponen medidas de minimización
en casos en los que no se asuma el riesgo.
Información
elaborada a partir del artículo de Héctor Gómez González
(Director de Calidad y Medio Ambiente de Ric Group Consultores), publicado
en El Exportador edición papel.
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