El concepto de
riesgo medioambiental ha sido tradicionalmente asumido por determinados
sectores, como la industria nuclear, pero el reciente establecimiento
de legislación al respecto y el impulso de un marco de responsabilidad
social corporativa supone el punto de inicio para su incorporación
por otros sectores.

Los riesgos
relacionados con el funcionamiento habitual de una empresa o con
el uso de determinados productos peligrosos son fácilmente
previsibles y evitables. En cambio, los riesgos relacionados con
situaciones excepcionales asociados a la financiación de
proyectos o a la internacionalización empresarial son más
difíciles de prever y sus consecuencias más graves.
En este sentido,
la Organización
para la Cooperación y Desarrollo Económico señala
que las empresas deben:
- Proteger
el medio ambiente.
- Contribuir
al desarrollo sostenible.
- Proporcionar
información sobre las posibles consecuencias de sus actividades.
- Y tomar medidas
para evitar el daño ecológico en caso de riesgo.
Responsabilidad ambiental
A
lo largo de los últimos años, se han desarrollado
en el ámbito internacional y comunitario diferentes disposiciones
tendentes a regular las obligaciones de reparación del medio
ambiente por los daños causados y las responsabilidades subsidiarias
derivadas de éstos.
En España
destaca la Ley
10/1998 de 21 de abril de Residuos que regula específicamente
las responsabilidades derivadas de la gestión de residuos
peligrosos y la contaminación de suelos.
Con respecto
a Europa, la aprobación de la propuesta de Directiva IP/02/127
de 23 de enero de 2002 permitirá cambiar el panorama actual
de control de riesgos, ya que la responsabilidad inicial de corregir
el daño causado competirá al operador responsable
y no al contribuyente. No obstante, la Eurocámara contempla
la posibilidad de excepciones, en el caso de catástrofes
inevitables.
Controlar el riesgo medioambiental a través de la financiación
Ante
la creciente presión social, diez grandes grupos bancarios
mundiales han acordado ceñirse a estándares internacionales
de medio ambiente e impacto social a la hora de financiar cualquier
tipo de infraestructuras. Estos estándares, desarrollados
por la Corporación
Financiera Internacional, evitan que las inversiones bancarias
se encaminen hacia proyectos que dañen el medio ambiente.
Sin embargo,
éste no es el único movimiento que el sector financiero
está realizando al respecto:
- El Banco
Interamericano de Desarrollo anunció como requisito
para sus préstamos una descripción del posible efecto
sobre el medio ambiente.
- Y en España
la Estrategia
de Cooperación en Medio Ambiente exige que los proyectos
orientados al desarrollo de terceros países vayan acompañados
de una evaluación ambiental.
En esta
misma línea, el Nuevo Acuerdo Internacional de Basilea es
el principal referente a la hora de evaluar el grado de desarrollo
en la gestión del riesgo por las entidades financieras. Basilea
II insiste en que la evaluación de riesgos debe ser conservadora,
sobre todo en las áreas donde existan más dudas, incluso
evaluando factores de riesgo del horizonte futuro.
Herramientas de prevención de riesgos
Independientemente
del control ejercido por las financieras, existen herramientas específicas
para la prevención del riesgo en proyectos de internacionalización
y comercio exterior:
- La Directiva
europea 96/82/CE se aplica a las instalaciones industriales
en el control de los riesgos medioambientales inherentes a los
accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Cualquier proyecto realizado en países de la Unión
Europea debe cumplir con estas obligaciones.
- A escala
internacional, la International
Organization for Standardization aprobó a finales de
2001 el estándar de evaluación medioambiental de
emplazamientos y organizaciones que normaliza el concepto de riesgo
medioambiental. Establece la recomendación de evaluar las
consecuencias ambientales de las actividades empresariales y facilita
un conjunto de pautas de referencia a utilizar en las transacciones
económicas.
- Asimismo,
en España, la Asociación
Española de Normalización y Certificación
aprobó la norma experimental de análisis y evaluación
del riesgo medioambiental.
Los seguros medioambientales
La
contratación de seguros medioambientales y de servicios de
consultoría externa constituye una opción muy ventajosa
a la hora de afrontar la gestión de riesgos medioambientales
en operaciones internacionales. Entre los diferentes tipos de seguros
destacan:
- Seguros
de limitación:
enfocados a cubrir aquella parte de la limpieza ecológica
que ha superado el gasto previsto por la empresa.
- Seguros
de riesgo finito:
cubren gastos imprevistos en un horizonte temporal a medio y largo
plazo.
- Seguros
de capital contingente:
destinados a cubrir las indemnizaciones en caso de desastre producido
por una catástrofe.
Algunas aseguradoras
amplían estos servicios, ofreciendo cobertura de riesgos
ambientales asociados a nuevos proyectos y a operaciones empresariales.
En nuestro país, la Compañía
Española de Seguro a la Exportación ha desarrollado
Ecocheck una herramienta que permite valorar el impacto medioambiental
de cualquier proyecto.
Evaluación de riesgos medioambientales
Aunque
no existe unanimidad en los métodos para la evaluación
de riesgos medioambientales asociados a proyectos, el proceso de
evaluación tiene las siguientes fases:
- Diseño
del análisis:
recopilación de información de la actividad comercial
e instalaciones.
- Análisis
de riesgo: en este proceso se identifican, analizan
y tipifican los peligros, estimando el riesgo asociado según
su probabilidad y consecuencias.
- Evaluación
del riesgo: con los datos obtenidos se cuantifica el
riesgo, se emite un juicio sobre su tolerabilidad y se proponen
medidas de minimización en casos en los que no se asuma
el riesgo.
Información
elaborada a partir del artículo de Héctor Gómez
González (Director de Calidad y Medio Ambiente de Ric Group
Consultores), publicado en El Exportador edición papel.
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