INVERSIONES. Privatizaciones y diversificación  


Los pasados días 12 y 13 de noviembre tuvo lugar en Madrid un encuentro de empresas españolas y portuguesas con autoridades políticas y económicas y con responsables de empresas públicas de Libia.

Los responsables libios centraron su información en las oportunidades de negocio existentes en los diferentes sectores de la economía libia.

A lo largo del encuentro, se valoraron las necesidades actuales del país en:

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adquisición de materias primas y componentes,
realización de acuerdos de joint venture y de outsourcing,
contratación de obra pública,
acuerdos de gestión y de cesión de know how y
participación en el proceso de privatización de empresas públicas.

Por otra parte, Trípoli se está convirtiendo en un importante centro logístico del Magreb y de todo el norte de África, lo que unido a la zona de libre cambio prevista para 2010, abrirá un mercado próximo y emergente a las empresas españolas.

>> Política de privatizaciones
El peso del sector público y la cantidad excesiva de mano de obra que ocupa constituyen un obstáculo para el desarrollo de la economía libia. De ahí que se haya iniciado un programa de privatizaciones, aunque todavía limitado y controlado, cuyo modelo inspirador es, según informan las autoridades libias, el de las empresas públicas españolas.

Los sectores pioneros en la privatización son el pesquero y la fabricación de ciertos productos utilizando materias primas nacionales para crear múltiples pequeños centros de producción, repartidos por todo el país.

Julio Montoya, presidente de la consultora Grupo SCA, organizadora del encuentro, afirmó que en el mismo "se ha abierto una vía para la colaboración en proyectos futuros… El mercado libio se convertirá en un receptor atractivo de las empresas españolas".

>> La inversión extranjera
La inversión extranjera en Libia está regulada por la Ley 5/1997 de Fomento de la Inversión de Capitales Extranjeros. Este marco regulador pretende crear un clima favorable para el incremento de las inversiones exteriores en Libia.

La Ley es aplicable tanto a los capitales procedentes de extranjeros como al capital situado en el extranjero, pero propiedad de ciudadanos libios y no establece ninguna restricción sectorial, aunque se precisa la autorización del Consejo de Ministros.

El inversor puede repatriar el capital invertido una vez cumplidos los plazos acordados para la inversión, y en los casos de liquidación del proyecto de inversión o de enajenación o transmisión a terceros del proyecto.

Está previsto realizar un nuevo encuentro del mismo tipo, una vez que transcurran nueve meses, para identificar nuevas oportunidades, evaluar los resultados obtenidos y analizar el desarrollo de los compromisos alcanzados.