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Los pasados días 12 y 13 de noviembre tuvo lugar en Madrid
un encuentro de empresas
españolas y portuguesas con autoridades políticas
y económicas y con responsables de empresas públicas
de Libia.

Los responsables
libios centraron su información en las oportunidades
de negocio existentes en los diferentes sectores de la economía
libia.
A lo largo
del encuentro, se valoraron las necesidades actuales del país
en:
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adquisición
de materias primas y componentes,
realización de acuerdos de joint venture y de
outsourcing,
contratación de obra pública,
acuerdos de gestión y de cesión de know
how y
participación en el proceso de privatización
de empresas públicas. |
Por otra parte,
Trípoli se está convirtiendo en un importante centro
logístico del Magreb y de todo el norte de África,
lo que unido a la zona de libre cambio prevista para 2010, abrirá
un mercado próximo y emergente a las empresas españolas.
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Política de privatizaciones
El peso del sector público y la cantidad excesiva de mano
de obra que ocupa constituyen un obstáculo para el desarrollo
de la economía libia. De ahí que se haya iniciado
un programa de privatizaciones, aunque todavía limitado
y controlado, cuyo modelo inspirador es, según informan
las autoridades libias, el de las empresas públicas españolas.
Los sectores
pioneros en la privatización son el pesquero y la fabricación
de ciertos productos utilizando materias primas nacionales para
crear múltiples pequeños centros de producción,
repartidos por todo el país.
Julio Montoya,
presidente de la consultora Grupo SCA, organizadora del encuentro,
afirmó que en el mismo "se ha abierto una vía
para la colaboración en proyectos futuros
El mercado
libio se convertirá en un receptor atractivo de las empresas
españolas".
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La inversión extranjera
La inversión extranjera en Libia está regulada por
la Ley 5/1997 de Fomento de la Inversión de Capitales Extranjeros.
Este marco regulador pretende crear un clima favorable para el
incremento de las inversiones exteriores en Libia.
La Ley es
aplicable tanto a los capitales procedentes de extranjeros como
al capital situado en el extranjero, pero propiedad de ciudadanos
libios y no establece ninguna restricción sectorial, aunque
se precisa la autorización del Consejo de Ministros.
El inversor
puede repatriar el capital invertido una vez cumplidos los plazos
acordados para la inversión, y en los casos de liquidación
del proyecto de inversión o de enajenación o transmisión
a terceros del proyecto.
Está
previsto realizar un nuevo encuentro del mismo tipo, una vez que
transcurran nueve meses, para identificar nuevas oportunidades,
evaluar los resultados obtenidos y analizar el desarrollo de los
compromisos alcanzados.
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