N.49
Enero 2002
 
 





     
Legislación  
  LEGISLACIÓN. Una adaptación constante  


La República Checa presentó su solicitud formal de adhesión a la Unión Europea (UE) en enero de 1996. Ya en 1993 se había suscrito el acuerdo de asociación de la República Checa con la UE, que entró en vigor en febrero de 1995. Este acuerdo constituye el fundamento jurídico de las relaciones entre dicho país y la UE, y en él se fijan los procesos de armonización de la normativa checa a las prerrogativas de la UE.
La promulgación de nuevas leyes es constante.

>> Novedades del Código de Comercio
En lo que respecta a las reformas legislativas más concretas relativas a la regulación del derecho de sociedades, se ha promulgado por el Parlamento checo la enmienda al Código de Comercio, con entrada en vigor el 1 de enero del año 2001, que ha acomodado la normativa societaria al acervo comunitario y que contribuye a la agilización de los procedimientos de constitución de sociedades mercantiles en territorio checo. Esta norma ha impuesto a las empresas domiciliadas en este país la utilización de nueva documentación comercial.
Para las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas se ha impuesto la obligación de aprobar los balances de cuentas por la junta general de accionistas dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio contable. Se ha incrementado, asimismo, el capital social suscrito por las sociedades mercantiles.

La nueva normativa mantiene los tipos societarios regulados en el Código de Comercio, disponiendo sobre aquellos cuya constitución es más habitual en el caso del inversor extranjero: sociedades de responsabilidad limitada, sucursales, compañías join stock y cooperativas.

>> Sociedades y fusiones
Las sociedades de responsabilidad limitada pueden ser fundadas por una o más personas, con un máximo de cincuenta miembros. La sociedad debe tener al menos un representante societario en el país. Sólo los nacionales checos o aquellas personas que tengan un permiso de residencia autorizado para desarrollar una actividad empresarial pueden ostentar dicho cargo.
Asimismo, se ha potenciado el derecho a la información de los socios, otorgando a los minoritarios facultades para que puedan solicitar la convocatoria de la junta general de accionistas.

En lo que respecta a la fusión de empresas, se exige publicar el proyecto del acuerdo de fusión un mes antes de la celebración de la junta general de accionistas. Exceptuando los casos de la fusión simple, el proyecto del acuerdo sobre la fusión tiene que ser auditado por dos peritos independientes:

  • perito en avalúo: avalúa con su dictamen los bienes de la sociedad en escisión
  • perito en fusión: revisa si el proyecto del acuerdo sobre la fusión se adecua a las condiciones de la ley societaria.

Por otro lado, se ha modificado la reglamentación de relaciones entre las sociedades de una agrupación empresarial. La compañía matriz tiene la posibilidad de terminar el acuerdo de transferencia de beneficios y el acuerdo de dominación suscrito de forma unilateral con la sociedad filial.

>> Defensa de la competencia
La Ley de Defensa de la Competencia 143/2001, en vigor desde julio de 2001, ha armonizado la normativa checa a la regulación de la competencia dentro del mercado comunitario, dando nacimiento a la Oficina Checa de Protección y Defensa de la Competencia. Esta norma establece un sistema de control para los acuerdos que limitan la competencia en el mercado, prohibiendo tanto el ejercicio abusivo del poder económico como aquellas conductas unilaterales que por medios desleales sean capaces de falsear sensiblemente la competencia. La Oficina Checa de Protección y Defensa de la Competencia debe dar su aprobación a los proyectos de fusiones presentados.

Según el informe de adhesión de la República Checa a la UE, elaborado por la Comisión Europea en el año 2000, la enmienda en el código de comercio ha supuesto que las sociedades mercantiles adapten su normativa al acervo comunitario, quedando pendientes aún las reformas relativas a la contabilidad societaria y las leyes fiscales. La Cámara de Diputados ha aprobado recientemente una enmienda a la Ley de contabilidad, que se tramitará en el Senado y se prevé entre en vigor a comienzos de este año.




  R. Checa y la UE

El portal del Ministerio de Asuntos Exteriores checo cuenta con esta sección donde se detallan los pormenores de las relaciones entre la UE y la República Checa.

  Delegación

Portal de la Delegación de la Comisión Europea en la República Checa. Aporta información sobre la UE y del actual estado de sus relaciones con el gobierno checo.

  Euroskop

Web oficial que suministra información sobre los preparativos para el ingreso de la República Checa en la UE, así como las modificaciones legislativas que se han de llevar a cabo.

Czechinvest
  Página de la agencia nacional checa para la inversión.