CHINA EN LA OMC  
 

China en la OMC

  Repercusiones para España


Las negociaciones entre Estados Unidos y China han sido desde el principio el principal escollo en el proceso de adhesión de China a la Organización Mundial de Comercio (OMC). Pero el 15 de noviembre de 1999, los Estados Unidos de América y China llegaron a un acuerdo.

Sin embargo, este acuerdo constituyó sólo el principio. Las negociaciones con la Unión Europea, finalmente concluidas en mayo de 2000, constituyeron el siguiente gran paso. Europa planteó demandas específicas en cerca de 300 productos, algunos de ellos de gran importancia para la exportación española como cerámica y azulejos o zapatos. En el caso de los automóviles y sus componentes, la Unión Europea siguió presionando para obtener mayores concesiones. En algunos servicios, los europeos simplemente buscaron asegurarse una cuota de mercado similar a la que lograban los Estados Unidos. Es lo que ocurrió con la banca y los seguros.

En la actualidad, cuando sólo queda completar las negociaciones bilaterales de China con México y terminar de clarificar algunas obligaciones de China en el ámbito multilateral, se calcula que la entrada de China en la OMC se producirá en el primer semestre del 2001.

>> Un reto para la OMC
Las exportaciones chinas suponen el 4,6% de las mundiales (las importaciones un 3,3%) y 8,9% si se incluyen las de Hong Kong. Pero lo determinante a la hora de valorar el peso de China en el comercio mundial no es su valor actual, sino su enorme potencial. En este sentido, las exportaciones chinas han crecido a un ritmo del 15% en los últimos 20 años, por un 13% de las importaciones. Teniendo en cuenta que los intercambios con China se han enfrentado en el pasado a múltiples barreras tanto en el sentido de las exportaciones chinas como de las importaciones (licencias de importación, cuotas, aranceles desorbitados), es evidente que China se convertirá en breve en una potencia comercial de primer orden.

Ahora bien, la OMC, si termina por admitir a China entre sus miembros, se enfrentará a un enorme reto.
Por ello muchos analistas se preguntan si la adhesión de China no supondrá una carga excesiva para el mecanismo de solución de diferencias.

Otro asunto igualmente importante es cómo la adhesión de China puede influir sobre la OMC. La tradicional oposición de los países en desarrollo a introducir en las negociaciones temas como comercio y medio ambiente o comercio y derechos sociales se verá redoblada con China al frente.

>> Repercusiones para China
Las consecuencias más inmediatas de la entrada de China en la OMC serán sobre este país, y ello tanto en el ámbito político como en el económico. En este último aspecto, hay que diferenciar:

A corto plazo:
El problema de la deflación, que duró más de dos años y que comienza a ser resuelto, puede volver con nuevos bríos por dos vías:

1. Los menores precios de los productos importados, y las expectativas de cierre inmediato de las empresas estatales con pérdidas, pueden abortar el apenas incipiente despegue del consumo privado.

2. El fantasma de la devaluación de la moneda nacional vuelve a resurgir ante el temor de que la entrada en la OMC provoque un aumento drástico en las importaciones.

Desde un punto de vista positivo, el efecto dinamizador que la posibilidad de entrar en la OMC implica es ya palpable, y se está traduciendo en nuevos planes de inversión extranjera, una vez que parece inmediata la liberalización económica en múltiples sectores.

A medio plazo:
La entrada en la OMC requerirá una aceleración en el proceso de reformas económicas, en particular en el cierre de empresas estatales deficitarias, que irá acompañado de un aumento importante del desempleo.
Por otro lado, el ingreso en esta organización proporciona a los agentes económicos la fuerza suficiente para acelerar una serie de transformaciones que corrían el riesgo de ralentizarse por la presión de diferentes grupos.

A largo plazo:
Al propio efecto derivado de la mejor utilización de los recursos que toda apertura comercial implica, hay que añadir que la entrada de empresas extranjeras en sectores como la banca, las telecomunicaciones o la distribución ocasionará una autentica revolución económica.

>> Cambios en la estructura económica
La estructura sectorial china sufrirá serios cambios.
La agricultura será la gran perjudicada. Hay un claro exceso de mano de obra y los precios son en media un 30% superiores a los internacionales.

La siderurgia es un sector sobredimensionado e ineficiente.

En cuanto a los seguros, se trata de un sector claramente deficiente en China y se teme que la apertura sea en la práctica bastante limitada.

La banca china es ineficiente y está en una situación muy delicada por la política deficitaria de créditos hacia las empresas estatales y locales que se ha seguido hasta fecha reciente.

En cuanto a la industria de automoción, en China existen más de 120 plantas, de las cuales apenas 10, las joint-ventures con fabricantes extranjeros, son competitivas. Sin embargo, el mercado del automóvil está en plena expansión.

Las telecomunicaciones se verán beneficiadas por la entrada de capital extranjero necesario para el proceso de reestructuración que deben afrontar.

Entre los grandes beneficiados estarán los productos textiles a medida que desaparezcan las actuales cuotas impuestas por los países desarrollados. Junto con ellos, también se desarrollarán otros sectores intensivos en mano de obra como los juguetes o la electrónica de consumo.

Desde el punto de vista de la propiedad de las compañías, en la actualidad un tercio de la economía está constituido por empresas públicas, otro tercio por empresas locales o cooperativas rurales, y el último por las empresas privadas. Obviamente estas últimas saldrán beneficiadas.

Por otra parte, el número e importancia de las compañías extranjeras y joint-ventures aumentará no sólo porque se abrirán sectores hasta ahora prohibidos o muy limitados, sino también porque la OMC proporcionará al inversor garantías de cierta transparencia. Además, deberán eliminarse determinados requisitos impuestos a las empresas extranjeras en materia de cuotas de producción dirigidas a la exportación incompatibles con el TRIM. (Ver glosario).